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BOC Nº 50. Miércoles 13 de Marzo de 2013 - 1136

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arrecife

1136 EDICTO de 14 de diciembre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio de familia. Divorcio contencioso nº 0000931/2009.

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BOC-A-2013-050-1136. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Orlando Rodríguez Betancor, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arrecife, a 23 de enero de 2013.

Vistos los presentes autos de juicio número 931/2009, por D. Juan José Cobo Plana, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Arrecife, seguidos a instancia de D. Gerardo de Jesús García García, representado/a por el Procurador D./Dña. Milagros Cabrera Pérez y asistido/a del Letrado/a D./Dña. Eva García García, contra Dña. Silke Haftendorn, sobre demanda de divorcio contencioso.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Gerardo de Jesús García García, debo declarar y declaro la disolución matrimonial por divorcio del matrimonio formado por D. Gerardo de Jesús García García y Dña. Silke Haftendorn.

Una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil en que figure inscrito el matrimonio de los litigantes.

Sin declaración sobre costas.

Esta resolución no es firme contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas (artículo 455 LECn).

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Silke Haftendorn, expido y libro el presente en Arrecife, a 14 de diciembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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