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BOC-A-2012-222-5652.
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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de septiembre de 2012, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 2 de marzo de 2010, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso contencioso-administrativo nº 109/2007, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de octubre de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 26 de septiembre de 2012, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 2 de marzo de 2010, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso- Administrativo, en el recurso contencioso-administrativo nº 109/2007, interpuesto por Promotora Punta Larga, S.L. contra el Plan General de Ordenación de Candelaria aprobado definitivamente por Acuerdo de la COTMAC de 20 de julio de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Fallamos: estimar, en parte, el recurso contencioso-administrativo interpuesto, anulando el Plan General de Ordenación Urbana de Candelaria en lo referente a las determinaciones que contiene, no ajustadas a la legalidad, del Sector SUSOI-C18 Iserce Industrial, por:
1. Falta de justificación de la asignación de valores a los diferentes factores que componen el coeficiente de homogeneización, para la determinación del aprovechamiento medio del sector.
2. Establecer la obligación de cesión del 20% aprovechamiento del sector.
3. Sin costas".
Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 28 de junio de 2012, dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, por la que se declara no haber lugar al recurso de casación nº 2396/2010, interpuesto por la Comunidad Autónoma de Canarias contra la Sentencia de 2 de marzo de 2010 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso contencioso-administrativo 109/2007, con imposición de las costas de casación a la parte recurrente con el límite de 2.500 euros por el concepto de honorarios de defensa de la entidad mercantil Promotora Punta Larga, S.L.
Tercero.- Instar al Ayuntamiento de Candelaria, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, lleve a puro y debido efecto la Sentencia de 2 de marzo de 2010 y practique lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, comunicando al Tribunal Superior de Justicia de Canarias y a esta Consejería su efectiva materialización.
Cuarto.- Dar traslado del presente Acuerdo al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Occidental a fin de que identifique en el ejemplar que obra en esta Consejería, la documentación afectada por la Sentencia, a efectos de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.
Quinto.- Notificar el presente Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Candelaria y a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. Asimismo, a efectos de conocimiento, dar traslado al Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Occidental y al Servicio de Régimen Jurídico de esta Consejería.
Sexto.- Publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Juan José Santana Rodríguez, Secretario Accidental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
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