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BOC-A-2012-222-5651.
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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de septiembre de 2012, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 30 de junio de 2006, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima el recuso contencioso-administrativo nº 319/2006, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de octubre de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 26 de septiembre de 2012, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 30 de junio de 2006, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que estima el recurso contencioso-administrativo nº 319/2006, interpuesto por doña Juana Teresa González Rodríguez, anulando las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Tazacorte, aprobadas por Acuerdos de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de enero y 16 de marzo de 1999, por ser contrarias a Derecho, sin expresa imposición de costas.
Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 15 de diciembre de 2011, dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, por la que se declara no haber lugar al recurso de casación nº 5455/2006, interpuesto por el Ayuntamiento de Tazacorte contra la Sentencia de 30 de junio de 2006 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el recurso contencioso-administrativo 319/2006, con imposición de las costas de casación a la parte recurrente.
Tercero.- Instar al Ayuntamiento de Tazacorte, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, lleve a puro y debido efecto la Sentencia de 30 de junio de 2006 y practique lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, comunicando al Tribunal Superior de Justicia de Canarias y a esta Consejería su efectiva materialización.
Cuarto.- Dar traslado del presente Acuerdo al Servicio de Estrategia e Información Territorial de la Dirección General de Ordenación del Territorio, a fin de que localice el documento anulado por la sentencia que obra en esta Consejería, a efectos de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.
Quinto.- Notificar el presente Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Tazacorte y a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. Asimismo, a efectos de conocimiento, dar traslado al Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Occidental y al Servicio de Régimen Jurídico de esta Consejería.
Sexto.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Juan José Santana Rodríguez, Secretario Accidental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
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