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BOC-A-2012-135-3570.
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D./Dña. Paloma Sancho Sama, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
Encabezamiento:
SENTENCIA
En Telde, a 20 de febrero de 2012.
Vistos por Dña. María Luisa Vera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Telde y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el nº 961/2011, a instancia de la entidad Telefónica, S.A., representada por el Procurador Sr. Montesdeoca Santana y asistido de Letrado Sr. Ruiz Pascuau contra la entidad Frilas Palmas, S.L., declarado en situación procesal de rebeldía, ha pronunciado en nombre de S.M. el Rey la siguiente sentencia.
Fallo:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Procurador Sr. Montesdeoca Santana en nombre y representación de la entidad Telefónica, S.A., contra la entidad Frilas Palmas, S.L., declarado en situación procesal de rebeldía, condenando a Frilaspalmas, S.L., a abonar a la primera la cantidad de 2.824,51 euros, incrementada con el interés legal que corresponda y todo ello con imposición de las costas a la parte demandada.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Frilaspalmas, S.L., expido y libro el presente en Telde, a 21 de febrero de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
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