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BOC Nº 013. Jueves 19 de Enero de 2012 - 280

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

280 ORDEN de 2 de enero de 2012, por la que se delega en el Secretario General Técnico la autorización para contratar personal laboral temporal en las Escuelas de Capacitación Agraria y en los Institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

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BOC-A-2012-013-280. Firma electrónica-Descargar

La Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2012, establece en su artículo 50.1 que la contratación de personal laboral temporal en las Escuelas de Capacitación Agraria y en los Institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, requerirá la autorización del titular del Departamento.

Razones de índole técnica y al corresponder al Secretario General Técnico del Departamento, la selección y contratación del personal laboral temporal, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.b) del Decreto 31/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de esta Consejería, que resulta de aplicación conforme a la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14 de julio), aconsejan la delegación en el Secretario General Técnico, de la autorización atribuida al Titular del Departamento por el artículo 50.1 antes citado.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico del Departamento, la autorización para contratar personal laboral temporal en las Escuelas de Capacitación Agraria e Institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquera, prevista en el artículo 50.1 de la Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2012.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de enero de 2012.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Juan Ramón Hernández Gómez.

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