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BOC Nº 211. Miércoles 26 de Octubre de 2011 - 5562

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario

5562 EDICTO de 8 de septiembre de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0000261/2010.

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BOC-A-2011-211-5562. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. María Rosario Pérez Cabrera, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto de Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Nélida Santana Pérez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Juan Sebastián Elcano, contra D. Bhupendra Bhagwanji Vaghela; y en consecuencia condeno al demandado al pago de 1.238,18 euros más los intereses legales que devengue esta cantidad desde el día 24 de febrero de 2010.

Se condena a la parte demandada al pago de las costas devengadas en este proceso.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde D./Dña. Bhupendra Bhagwanji Vaghela, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 8 de septiembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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