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BOC-A-2011-201-5334.
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No habiéndose podido practicar a D. José Crisanto Lledó Quevedo, la notificación de la Resolución nº 890/2011, inscrita en el Libro de Resoluciones de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, con fecha 18 de mayo de 2011, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a D. José Crisanto Lledó Quevedo, Administrador único de la entidad mercantil "Viajes Hacris, S.L.", titular de la Agencia de Viajes con el nombre comercial Guayana Viajes, la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, inscrita en el Libro de Resoluciones con fecha 18 de mayo de 2011 y nº 890/2011:
"Resolución de fecha 18 de mayo de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, relativa al cese definitivo de la actividad de intermediación turística como agencia de viajes de la entidad mercantil "Viajes Hacris, S.L.", nombre comercial Guayana Viajes, en la calle Pedro Infinito, nº 139, 35012-Las Palmas de Gran Canaria.
Resultando que con fecha 22 de abril de 1999, se dictó Resolución de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, por la que se concede título-licencia de agencia de viajes a nombre comercial "Guayana Viajes, S.L." (la entidad mercantil es Viajes Hacris, S.L.), C.I.F. B35540269, código identificativo I.C. 341, del grupo minorista, y oficina principal en el C.C. La Ballena, local 9, en Las Palmas de Gran Canaria. Mediante Resolución de esta Dirección General, nº 1435, de fecha 16 de septiembre de 2009, se autorizó el cierre del citado establecimiento, y operando como oficina principal el establecimiento sito en la calle Pedro Infinito, nº 139, 35012-Las Palmas de Gran Canaria.
Resultando, que con motivo de la entrada en vigor de la Orden de 30 de septiembre de 2010, que desarrolla el artículo 6 del Decreto 89/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad de intermediación turística, se asignó a la referida agencia de viajes, nuevo código de identificación, siendo este el I-AV-0000341.3.
Resultando que según Informe del Servicio de Inspección y Sanciones de fecha 17 de enero de 2011, se ha constatado que la mencionada agencia de viajes ha cesado definitivamente en el ejercicio de la actividad turística de intermediación en la dirección anteriormente indicada, comprobado que el local en que se encontraba la agencia de viajes Guayana Viajes, actualmente se encuentra cerrado y con claros signos de abandono. El citado local aparece prácticamente sin mobiliario y en las cristaleras existe un cartel en el que se puede leer "Se alquila".
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Visto el artículo 12 del Decreto 89/2010, de 22 de julio, referente al cese definitivo del ejercicio de las actividades de intermediación turística, y la Disposición Adicional Segunda del indicado Decreto, al establecer que las agencias de viajes autorizadas a la fecha de entrada en vigor del Decreto quedarán englobadas dentro del concepto de agencias de viajes cualquiera que sea el grupo en el que se encontraba, procede tener por acreditado el indicado cese definitivo.
R E S U E L V O:
Tener por constatado el cese definitivo en el ejercicio de la actividad de intermediación turística como agencia de viajes, habiendo cerrado sus dependencias en la dirección anteriormente indicada, a Viajes Hacris, S.L., C.I.F. B35540269, nombre comercial Guayana Viajes, anulándose el código de identificación I-AV-0000341.3 que tenía asignado.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Rita Enma Hernández Callero."
2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de septiembre de 2011.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Rita Enma Hernández Callero.
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