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BOC Nº 161. Miércoles 17 de Agosto de 2011 - 4575

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4575 ORDEN de 9 de agosto de 2011, por la que se delega la competencia en materia de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal en diversos órganos de esta Consejería.

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I. ANTECEDENTES

Único.- Los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 22.1.d) de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2011, atribuyen a los titulares de los Departamentos la competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal, simultáneamente a la baja que le da cobertura, en relación con los siguientes créditos:

1º) Los mencionados en el artículo 56.1.e) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, a que se refiere el párrafo p) del apartado 2.1 del anexo I de esta Ley.

2º) Los citados en el párrafo apartado q) del apartado 2.1 del anexo 1.

3º) Aquellos que se refieren los párrafos a) y l) del apartado 2.1 del anexo 1.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, posibilitan la delegación de competencias en el órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

Segunda.- Circunstancias de índole técnica aconsejan delegar la competencia a que se refieren los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 22.1.d) de la Ley 11/2010, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2011, con el objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la gestión presupuestaria.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en los órganos que se citan a continuación la competencia para autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal a los que se refieren los apartados 1º, 2º y 3º artículo 22.1.d) de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2011, en los términos que se indican:

a) En el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia cuando afecten a gastos del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias

b) En la Secretaria General Técnica cuando afecten a gastos de personal del resto del Departamento.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de agosto de 2011.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.

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