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BOC Nº 161. Miércoles 17 de Agosto de 2011 - 4569

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

4569 ORDEN de 22 de julio de 2011, por la que se establecen, en el ámbito presupuestario, las adaptaciones técnicas y transferencias de crédito derivadas de la reorganización del Gobierno de Canarias.

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BOC-A-2011-161-4569. Firma electrónica-Descargar

Vistos los Decretos del Presidente 86/2011, de 8 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, y 116/2011, de 12 de julio, por el que se modifica el anterior.

Visto el Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Visto el Decreto 12/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda.

Vista la estructura orgánica contenida en la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011.

Y en aplicación de los principios de eficacia y eficiencia, constitucional y estatutariamente consagrados, a los que se ha de sujetar la actuación de la Administración Pública autonómica y en ejecución del mandato contenido en la disposición final primera del Decreto 86/2011, de 8 de julio, y en la disposición adicional cuarta del Decreto 170/2011, de 12 de julio, en orden a que por esta Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad se realicen en las correspondientes secciones presupuestarias las adaptaciones técnicas y las transferencias de créditos precisas para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en los mismos,

D I S P O N G O:

Primero.- Los órganos superiores de la Presidencia de Gobierno y los de las Consejerías del Gobierno de Canarias gestionarán hasta el 31 de diciembre de 2011 los créditos de sus respectivos programas presupuestarios con arreglo a la actual estructura orgánica presupuestaria contemplada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el presente ejercicio de 2011 y con las adaptaciones que se reflejan en el anexo adjunto a la presente Orden.

Segundo.- Con arreglo a los criterios y al procedimiento contemplado en la disposición adicional cuarta, apartado 3, del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, por la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno y por las respectivas Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías del Gobierno de Canarias se adoptarán las medidas adecuadas para transferir los créditos afectados al ejercicio de las competencias que resulten asignadas a órganos de otros departamentos o a otros órganos del propio departamento.

Tercero.- La autorización de los actos administrativos inherentes a los expedientes ya iniciados corresponderá a aquellos órganos que resulten competentes en aplicación del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Cuarto.- Por la Intervención General se adoptarán las autorizaciones y habilitaciones necesarias en el sistema de información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFCAN) para que los órganos superiores afectados por la reorganización del Gobierno de Canarias puedan continuar realizando hasta el cierre del presente ejercicio presupuestario las funciones de contabilidad respecto de las áreas que se les hayan encomendado en virtud del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Quinto.- A los efectos de dar cobertura a lo dispuesto en el artículo 1, apartado ñ), del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, se crea la nueva clasificación orgánica "06 17 Dirección General del Gabinete de la Vicepresidencia".

Sexto.- Por la Intervención General, en colaboración con las Oficinas Presupuestarias de la Presidencia del Gobierno y de las Consejerías del Gobierno de Canarias, se realizarán las adaptaciones y modificaciones técnicas precisas para garantizar la continuidad de las Habilitaciones de Pagos hasta el cierre del ejercicio presupuestario vigente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 2011.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y SEGURIDAD,

Javier González Ortiz.

Ver anexo en las páginas 22401-22405 del documento Descargar

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