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BOC-A-2011-084-2268.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a dos de marzo de dos mil once.
Vistos por mí, Tomás González Marcos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Seis de los de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, con nº 1890/09, seguidos a instancia de D. Alberto Pan Cupeiro, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Iballa Ortega García y defendido por la Letrada Dña. María del Pino Romero Limiñana, contra D. Karl Thomas Paul Marbach, Dña. Renate Marbach, D. Fritz Johannes Paul Marbach y Dña. Marlis Marbach, en situación procesal de rebeldía en las presentes actuaciones, versando los autos sobre elevación a escritura pública de documento privado y
FALLO
Que estimando como estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Iballa Ortega García, en nombre y representación de D. Alberto Pan Cupeiro, contra D. Karl Thomas Paul Marbach, Dña. Renate Marbach, D. Fritz Johannes Paul Marbach y Dña. Marlis Marbach, en situación procesal de rebeldía en las presentes actuaciones, debo condenar y condeno a la parte demandada a elevar a público el contrato firmado el día 2 de febrero de 1974 entre las partes de compraventa de la finca objeto de las presentes actuaciones, con apercibimiento de que, de no hacerse, se ejecutará a su costa.
Con relación a las costas procesales causadas, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Contra la presente podrán las partes interponer recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de la presente, con advertencia de que según la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en su disposición decimoquinta, apartado 3.b), que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial, será precisa la consignación del depósito de 50 euros, que deberá efectuarse en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 4225 0000 04 189009, abierta en el Banco Español de Crédito, S.A., indicando que el concepto del ingreso es por recurso 02.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: la anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada en el día de la fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública; de lo que doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Marlins Marbach, Renate Marbach, Karl Thomas Paul Marbach y Fritz Johannes Paul Marbach, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de marzo de 2011.- El/la Secretario Judicial.
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