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BOC Nº 069. Martes 5 de Abril de 2011 - 1743

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

1743 Dirección General de Protección del Menor y la Familia.- Resolución de 10 de marzo de 2011, por la que se convocan cursos de formación dirigidos a solicitantes de adopción nacional e internacional.

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BOC-A-2011-069-1743. Firma electrónica-Descargar

La Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional, atribuye a las Entidades Públicas competentes en materia de protección de menores respecto a la adopción internacional, facilitar a las familias la formación previa necesaria que les permita comprender y afrontar las implicaciones de la adopción, preparándolas para el adecuado ejercicio de sus funciones parentales una vez constituida aquella.

Por su parte, el Decreto 137/2007, de 24 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos previos a la constitución de la adopción y el Registro de Adopción prevé la impartición a los solicitantes de la declaración de idoneidad o los que hayan manifestado su interés en ser adoptantes, tanto en adopción nacional como internacional, información general y/o preparación en materia de adopción, referida, entre otras cuestiones, a las características principales de esta con relación a otras formas de protección de menores, al proceso y criterio de valoración para la obtención de la idoneidad, a las responsabilidades parentales y a los riesgos que asumen en función de las características de los menores susceptibles de adopción, así como cualquier otra información relevante que facilite su toma de decisiones.

En cumplimiento pues, de estos preceptos, la Dirección General de Protección del Menor y la Familia del Gobierno de Canarias, órgano competente en materia de protección de menores, organiza cursos de formación dirigidos a solicitantes de adopción tanto nacional como internacional con los requisitos y características que se determinan a continuación.

BASES

Primera.- Participantes.

Podrán interesar la asistencia a los cursos de formación:

a) Aquellas personas que hayan presentado solicitud para iniciar el procedimiento de declaración de idoneidad para ser padres adoptivos y respecto de la cual no haya recaído resolución acordando o denegando la idoneidad.

b) Aquellas personas que, aun sin haber presentado solicitud iniciando el procedimiento, estén interesadas en iniciar el proceso de adopción.

c) Aquellas personas que hayan presentado solicitud para iniciar el procedimiento de declaración de idoneidad para ser padres adoptivos y respecto de las cuales ya haya recaído resolución de esta Dirección General acordando su idoneidad para la adopción.

Segunda.- Contenido Cursos de Formación de Padres adoptantes.

Los cursos de formación de padres adoptantes se impartirán de acuerdo al Programa desarrollado por la Dra. Beatriz Triana Pérez, Profesora del Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Universidad de La Laguna y por Sonia Plasencia Carrillo y Guacimara Rodríguez Suárez; serán impartidos por profesionales especializados en temas de familia y desarrollo humano, con arreglo al siguiente programa.

* Sesión primera.- Convertirse en padres y madres a través de la adopción.

* Sesión segunda.- El desamparo y sus consecuencias en los niños.

* Sesión tercera.- La construcción de la nueva familia.

* Sesión cuarta.- Diferentes modalidades de adopción: principales retos.

Tercera.- Calendario y duración de los cursos.

1. Se realizarán un máximo de 16 ediciones del curso de formación de padres adoptantes. El número de ediciones a celebrar en cada una de las islas y la fecha de celebración de las mismas será fijado por la Dirección General de Protección del Menor y la Familia en atención al número de solicitudes.

2. La duración de cada edición del curso será de 14 horas, divididas en un total de 4 sesiones de 3 horas y media cada una, a celebrar en horario de 17 a 20,30 horas en las fechas que determine la Dirección General de Protección del Menor y la Familia.

Cuarta.- Solicitudes.

1. Las personas que estén interesadas en participar en los cursos de formación de padres adoptantes, deberán presentar solicitud, de acuerdo al modelo que figura como anexo II, en los Registros de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, sitos en la Avenida San Sebastián, 53 (2ª planta), Edificio Príncipe Felipe, Santa Cruz de Tenerife y en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Usos Múltiples II (3ª planta) y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la inscripción en los cursos de formación de padres adoptantes se podrá realizar "on line" a través de la página web de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

https://www.gobiernodecanarias.org/bienestarsocial/adopciones/index.html.

2. Los interesados deberán consignar claramente todos los datos que figuran en el modelo de solicitud.

3. La presentación de la solicitud de participación en los cursos de formación de padres adoptantes supone la aceptación de las bases de la convocatoria.

Quinta.- Plazo de presentación de solicitudes y selección de los solicitantes.

1. Las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución.

2. Los criterios para la selección de los asistentes a los cursos de formación por orden de preferencia se referirán al momento de presentación de la solicitud de asistencia al curso y serán los siguientes:

a) Solicitantes que hayan presentado solicitud de valoración para la declaración de idoneidad para ser padres adoptivos y aún no hayan sido valorados por los profesionales designados por la Dirección General.

b) Personas que aún no hayan iniciado su proceso de adopción.

c) Solicitantes que ya hayan sido valorados por los profesionales designados por la Dirección General y sobre cuyo procedimiento no haya recaído resolución acordando o denegando la idoneidad para ser padres adoptivos.

d) Solicitantes que hayan sido valorados por los profesionales designados por la Dirección General y sobre cuyo procedimiento haya recaído ya resolución de esta Entidad Pública acordando su idoneidad para ser padres adoptivos.

3. Dentro de los criterios de selección indicados, tendrán preferencia los solicitantes cuya solicitud de adopción tenga mayor antigüedad y, en caso de coincidir, la solicitud de asistencia al curso de formación que se haya presentado con anterioridad.

Dentro del grupo de solicitantes que ya hayan sido declarados idóneos para la adopción, tendrán preferencia los solicitantes cuyo certificado de idoneidad tenga menor antigüedad.

4. El número mínimo y máximo de participantes por edición será de 8 y 18 personas, respectivamente.

Sexta.- Publicación de la relación de seleccionados.

Efectuada la selección por la Dirección General de Protección del Menor y la Familia de las listas de admitidos para cada edición, así como las listas de reservas para cubrir posibles vacantes se publicarán en los tablones de anuncios de este organismo y serán comunicadas por correo electrónico.

Séptima.- Lugares de celebración.

1. En Gran Canaria y Tenerife los lugares de celebración del curso serán:

* Gran Canaria: Sala Tierra del Edificio de Usos Múltiples II, sita en la calle Agustín Millares Carlo, nº 18, planta 9ª.

* Tenerife: calle Wenceslao Yanes González, nº 17, San Cristóbal de La Laguna.

2. En el resto de las islas el curso de formación se celebrará preferentemente en la capital de la isla, indicándose el lugar de celebración en el momento de comunicar la admisión al curso y la fecha de comienzo de este.

Octava.- Causas de inadmisión de la solicitud.

a) No ajustarse al modelo aprobado en la convocatoria.

b) No pertenecer el/los solicitante/s al grupo de destinatarios al que se dirige el curso.

c) La omisión, inexactitud o no coincidencia con la realidad de los datos consignados.

Novena.- Cláusula de modificación.

La Dirección General de Protección del Menor y la Familia se reserva el derecho de suspender alguna edición del curso de formación de padres adoptantes, así como a modificar las fechas, horarios y contenidos de las sesiones, cuando circunstancias suficientemente justificadas así lo aconsejen.

Décima.- Información adicional.

Se podrá solicitar información adicional llamando al teléfono 012 o a través de la página web de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

https://www.gobiernodecanarias.org/bienestarsocial/adopciones/index.html.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de marzo de 2011.- La Directora General de Protección del Menor y la Familia, Carmen Steinert Cruz.

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