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BOC-A-2010-041-1093.
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La Orden de 27 de octubre de 2008, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 224, del viernes 7 de noviembre de 2008, resolvió delegar en la titular de la Secretaría General Técnica de esta Consejería el ejercicio de las competencias, en materia de personal, recogidas en el apartado primero de la parte resolutiva.
La estructura orgánica de este Departamento, al que está adscrito el Servicio Canario de Empleo, determina la necesidad de proceder a una actuación más eficiente y que dote de mayor celeridad la gestión de personal del citado organismo autónomo. Por tanto, es conveniente una gestión diferenciada, en materia de personal, del Servicio Canario de Empleo y del resto del Departamento que, a su vez, reconozca mayor autonomía en la gestión del segundo.
Con esta finalidad, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 31, apartado 3º, de la precitada Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estas competencias pueden ser delegadas en los órganos que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más adecuado para ello.
En su virtud, vistos los preceptos de aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Revocar la delegación de competencia para el nombramiento y cese de personal de libre designación efectuada en el apartado primero, letra a), de la Orden de 27 de octubre de 2008, en la titular de la Secretaría General Técnica, permaneciendo en vigor la delegación del ejercicio del resto de las competencias efectuada por la citada Orden.
Segundo.- Delegar en el Director del Servicio Canario de Empleo la competencia para el nombramiento y cese del personal de libre designación adscrito al Servicio Canario de Empleo.
Tercero.- Delegar en la Secretaría General Técnica de esta Consejería de Empleo, Industria y Comercio el ejercicio de la competencia para el nombramiento y cese del personal de libre designación adscrito al resto del Departamento.
Cuarto.- Los actos que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictados por el órgano delegante.
Quinto.- La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de febrero de 2010.
EL CONSEJERO DE EMPLEO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Jorge Marín Rodríguez Díaz.
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