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BOC Nº 037. Martes 23 de Febrero de 2010 - 1008

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1008 Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.- Resolución de 5 de febrero de 2010, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación Permanente para cualquier procedimiento que convoque este Complejo Hospitalario.

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BOC-A-2010-037-1008. Firma electrónica-Descargar

Con fecha 5 de febrero de 2010 y registro de Resoluciones nº 224 se resuelve establecer con carácter permanente la composición de la Mesa de Contratación para cualquier procedimiento que se convoque por el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, de conformidad con lo que a continuación se expone:

Composición de la Mesa

Presidente/a: el/la Directora/a de Gestión Económica.

Secretario/a: el/la Jefe/a del Servicio de Suministro-Contratación Administrativa.

Vocales:

Un/a Letrado/a del Servicio Jurídico del Complejo Hospitalario.

Un/a Interventor/a Delegado/a en el Servicio Canario de la Salud.

El/la Jefe/a de Sección de Contratación Administrativa.

Un Vocal a designar de entre el personal dependiente de este órgano de contratación.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, se establece el siguiente régimen de suplencias:

El/la Presidente/a será sustituido/a por el/la Subdirector/a de Gestión y Planificación Económica o el/la Jefe/a del Servicio de Suministros-Contratación Administrativa.

El/la Secretario/a será sustituido/a por un/a funcionario/a, con nivel mínimo de Jefe/a de Sección, entre los adscritos a la Dirección de Gestión Económica.

Los Vocales serán sustituidos según se relaciona:

El/la Letrado/a por una persona que tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico del órgano.

El/la Interventor/a por una persona que tenga atribuidas las funciones relativas al control económico-presupuestario del órgano.

Los demás vocales serán sustituidos por personal que tendrá el mismo rango y serán nombrados por el mismo procedimiento que los titulares.

Funciones:

De conformidad con lo que establece el artículo 295 de la Ley de Contratos del Sector Público, la Mesa de Contratación tendrá como función asistir al órgano de contratación para la valoración de las ofertas de los contratos. Sin perjuicio de las restantes funciones que le atribuyan la LCSP y sus disposiciones complementarias, la Mesa de Contratación desempeñará las funciones que se relacionan en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en sus respectivas normas de desarrollo.

Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 2010.- El Director Gerente, Juan Carlos López Montserrat.

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