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BOC Nº 033. Jueves 18 de Febrero de 2010 - 896

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

896 ORDEN de 8 de febrero de 2010, por la que se otorga el Premio Extraordinario de Bachillerato, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al curso 2008/2009.

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Examinada la propuesta de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y teniendo en cuenta el siguiente

ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- Anualmente se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de reconocer oficialmente al alumnado con excelente rendimiento académico. Esta circunstancia requiere que se publique el nombre de la alumna premiada en el curso 2008/2009, de acuerdo con el acta remitida a la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Por Orden de 18 de enero de 2000 (BOC nº 23, de 23 de febrero) se convocan con periodicidad anual los Premios Extraordinarios de Bachillerato en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como reconocimiento oficial de los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursan estos estudios con excelente rendimiento académico, y como fase anterior a la realización del concurso de los Premios Nacionales de Bachillerato.

Segundo.- El apartado noveno, punto 2 de la antedicha Orden establece que, de acuerdo con la propuesta formulada por los Tribunales constituidos al efecto, el Director General de Centros e Infraestructura Educativa propondrá a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes la concesión de los citados premios. Celebradas las pruebas de la convocatoria correspondiente al curso académico 2008/2009, procede realizar dicha propuesta.

En virtud de las competencias atribuidas en los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (BOC nº 148, de 1 de agosto), en su redacción actual, y el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (BOC nº 141, de 14 de julio),

D I S P O N G O:

Primero.- Otorgar el Premio Extraordinario de Bachillerato, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al curso 2008/2009 a la alumna Yaiza Ágata Bocos Mirabella del Instituto de Educación Secundaria Agustín de Betancourt.

Segundo.- Esta distinción será consignada en el expediente académico y en el historial académico de Bachillerato de la mencionada alumna, mediante diligencia efectuada por la Secretaría del Instituto de Educación Secundaria en el que realizó la inscripción a los Premios.

Tercero.- La alumna que ha obtenido el Premio Extraordinario de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias podrá optar, previa inscripción, al Premio Nacional de Bachillerato.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la presente Orden de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), en su redacción actual.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significando que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2010.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

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