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BOC Nº 220. Martes 10 de Noviembre de 2009 - 1663

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1663 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 23 de octubre de 2009, por la que se hace público el Dispositivo Primero del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 2 de octubre de 2009, relativo a la Exclusión del Procedimiento de Evaluación Ambiental de la Modificación Puntual nº 1 del Plan General de Ordenación de Tías en la parcela S.G.M. 3 en la calle Tajinaste.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Dispositivo Primero del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 2 de octubre de 2009, relativo a la Exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental de la Modificación Puntual nº 1 del Plan General de Ordenación de Tías, en la parcela S.G.M. 3 en la calle Tajinaste, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2009.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 2 de octubre de 2009 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Excluir del procedimiento de Evaluación Ambiental la Modificación Puntual nº 1 del P.G.O. de Tías en la parcela S.G.M. 3 en la calle Tajinaste (expediente 2009/0237), conforme establece el artículo 24.4, apartado b), del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado mediante Decreto 55/2006, de 9 de mayo, consistente en modificar los usos de la ordenanza de la Parcela SGM3, destinada por el Planeamiento General vigente a Bienestar Social, al objeto de habilitar la implantación del uso educativo junto a los ya permitidos y tolerados, al tratarse de una modificación de carácter menor y no tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Segundo.- Informar favorablemente el trámite de consulta previsto en el artículo 11 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y concordante artículo 33 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, debiendo remitirse, antes de la aprobación definitiva por el titular de esta Consejería, la redacción definitiva del artículo 73 de la normativa del PGO de Tías que resulta modificado, en el mismo formato y escala que el original a efectos de sustitución, de conformidad con el artículo 133.4 del Reglamento de Planeamiento Estatal, sin perjuicio de que deba acreditarse el cumplimiento del artículo 10 del Reglamento de Procedimientos, al no constar en el expediente la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en alguno de los diarios locales de mayor difusión.

Tercero.- Comunicar al Ayuntamiento de Tías que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 6/2009, de Medidas Urgentes, la competencia para la aprobación definitiva de la Modificación Puntual planteada le corresponde al titular de la Consejería competente en materia de ordenación territorial y, por otra parte, la necesidad de solicitar informe a la Consejería de Educación antes de tal aprobación, al tratarse de la implantación de un uso educativo, en virtud del artículo 82 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto.- El presente Acuerdo será notificado al Ayuntamiento de Tías.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario Accidental de la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

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