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BOC Nº 220. Martes 10 de Noviembre de 2009 - 1662

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1662 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 23 de octubre de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 2 de octubre de 2009, relativo al recurso contencioso-administrativo nº 263/2005, interpuesto por la Entidad Mercantil Maresgón, S.A. contra el Acuerdo de esta Comisión de 11 de mayo de 2005, que aprobó definitivamente el documento de Adaptación Básica de las Normas Subsidiarias de Teror.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 2 de octubre de 2009, relativo al recurso contencioso-administrativo nº 263/2005, interpuesto por la Entidad Mercantil Maresgón, S.A. contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de fecha 11 de mayo de 2005, por el que se aprobó definitivamente el documento de Adaptación Básica de las Normas Subsidiarias de Teror, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2009.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 2 de octubre de 2009 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 15 de julio de 2008, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 263/2005, interpuesto por la Entidad Mercantil Maresgón, S.A. contra el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 11 de mayo de 2005, por el que se aprobó definitivamente el documento de Adaptación Básica de las Normas Subsidiarias de Terror al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en lo que respecta al suelo urbanizable sectorizado no ordenado industrial denominado Vuelta La Palma.

Segundo.- Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Teror a efectos de que proceda, en ejecución de Sentencia, a realizar las modificaciones oportunas en el mencionado documento de Adaptación Básica recurrido, dando traslado a esta Consejería de las correspondientes copias corregidas en el mismo formato y escala del original a fin de proceder a su sustitución en el documento obrante en esta Administración, remitiendo igualmente una copia para el Cabildo Insular.

Tercero.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental de esta Consejería, a fin de que en ejecución de la mencionada Sentencia, y hasta tanto el Ayuntamiento de Teror ejecute la sentencia y remita el documento modificado en el mismo formato y escala del original materializando entonces su sustitución, proceda a estampillar la diligencia de nulidad en los planos y normativa correspondiente que figuran en la copia del documento obrante en esta Administración.

Cuarto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Teror y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario Accidental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

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