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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Juan Ramón Jorge Machado, de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 2126, de fecha 5 de octubre de 2009, definitiva, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada resolución.
R E S U E L V O:
Primero.- Declarar prescritas las infracciones denunciadas en el presente procedimiento sancionador, y por los fundamentos expuestos.
Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico infringido y la realidad física alterada y transformada por la comisión de la infracción a D. Juan Ramón Jorge Machado, por las actuaciones denunciadas adoptando como medida la demolición de las obras y la reposición de las cosas al estado anterior a la presunta infracción incluida la retirada de los materiales y de escombros y, a tal efecto, requerir al expedientado que en el plazo de un mes presente, ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento, dará lugar que la Administración ejecutará subsidiariamente la orden de reposición, con cargo al infractor, conforme a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
Tercero.- Notificar la presente Resolución al interesado.
Contra las resoluciones sancionadoras de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural que pongan fin a los procedimientos y sin perjuicio del recurso de reposición ante el Director Ejecutivo se podrán interponer recursos de alzada: 1) Ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, cuando su importe sea inferior a 300.000 euros. 2) Ante el Consejo de Gobierno, cuando su importe supere los 300.000 euros.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de octubre de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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