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BOC Nº 214. Lunes 2 de Noviembre de 2009 - 4149

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

4149 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 20 de octubre de 2009, de la Secretaria, sobre notificación a María Neisa Gómez Álvarez, de la Resolución del Director de este Instituto, que declara concluso el procedimiento encaminado a la obtención de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias iniciadas antes de 1979.

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Que habiendo intentado la notificación a Dña. María Neisa Gómez Álvarez, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda relativa al archivo de la solicitud de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de vivienda de protección oficial de promoción pública perteneciente al Grupo Añaza I-19, cuenta nº 86, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, resultando ésta infructuosa, siendo necesario notificarle dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5 del citado artículo y en virtud de lo establecido en el artículo 11.1.B).f) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, por medio del presente anuncio se hace pública dicha notificación en los siguientes términos:

Notificar, mediante la oportuna publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, a Dña. María Neisa Gómez Álvarez, la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 19 de septiembre de 2008, correspondiente al expediente de subvención que le ha sido instruido, que dice lo siguiente:

"Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 19 de septiembre de 2008, relativa al archivo de la solicitud formulada por Dña. María Neisa Gómez Álvarez, al amparo del Decreto 12/1996, de 26 de enero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

HECHOS

1º) Con fecha 22 de mayo de 1998, Dña. María Neisa Gómez Álvarez solicita el otorgamiento de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el Grupo Añaza I-19, cuenta nº 86, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife.

2º) Con fecha 15 de julio de 2008 se le notifica el requerimiento de la fe de vida y estado y de la fotocopia del D.N.I., dándole un plazo de diez días contado a partir del siguiente al de notificación para que lo presentase.

3º) Transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, el interesado no ha presentado documentación alguna.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- El artículo 7.2.i) del anexo al Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, establece como competencia del Presidente del Instituto Canario el conceder ayudas y subvenciones en los términos previstos en la legislación vigente.

II.- La Resolución del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, de 5 de mayo de 2004, delega en el Director del Instituto la competencia para el otorgamiento de las subvenciones establecidas en el Decreto 12/1996.

III.- En la tramitación del presente expediente se ha seguido el procedimiento establecido al efecto en la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación al Decreto 12/1996, de 26 de enero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

IV.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en sus artículos 71.1 y 2, que transcurrido el plazo señalado sin presentar la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

En su virtud, de conformidad con las disposiciones vigentes de general aplicación,

R E S U E L V E:

Archivar la solicitud de subvención formulada por Dña. María Neisa Gómez Álvarez, al amparo de lo establecido en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de la vivienda sita en el Grupo Añaza I-19, cuenta nº 86, término municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación."

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 2009.- La Secretaria, María Teresa Larrea Díez.

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