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Vista la Orden de 3 de febrero de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, por la que se autoriza la creación del Cuerpo de la Policía Local al Ayuntamiento de Garafía, La Palma, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 27, de 10 de febrero de 2009, se advierte en la mencionada Orden la existencia, en el párrafo tercero, de un error de hecho.
En virtud del artº. 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,
R E S U E L V O:
Primero.- Rectificar el error material advertido en el citado párrafo tercero, cuya redacción original es:
"Visto el acuerdo Plenario de la Corporación Municipal de Garafía, de fecha 8 de agosto de 2008, y ponderadas las circunstancias reales del municipio en relación con las funciones y cometidos del Cuerpo de Policía Local, y vistos los medios técnicos que avalan la prestación del servicio".
Dicho apartado pasa a redactarse de la manera siguiente:
"Visto el acuerdo Plenario de la Corporación Municipal de Garafía, de fecha 7 de agosto de 2008, y ponderadas las circunstancias reales del municipio en relación con las funciones y cometidos del Cuerpo de Policía Local, y vistos los medios técnicos que avalan la prestación del servicio".
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de marzo de 2009.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA Y SEGURIDAD
José Miguel Ruano León.
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