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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la entidad Asociación de Mujeres Empresarias y Profesionales de Tenerife-AMEP, de requerimiento con registro de salida nº 731892/129087 de fecha 4 de noviembre de 2008, cuyo tenor literal es el siguiente:
"ASUNTO: Solicitud documentación.
Justificación convenios 2006.
TELÉFONO: (922) 474302.
FAX: (922) 645341.
EXPTE.: 159/06.
ENTIDAD: Asociación de Mujeres Empresarias y Profesionales de Tenerife-AMEP.
C.I.F: G38494969.
Vista la documentación presentada por esta entidad, para la justificación del gasto, en cumplimiento de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1997 y Resolución de 21 de enero de 1998, adaptadas a la organización de la Comunidad Autónoma por el Decreto 150/2001, se han detectado varias deficiencias, por lo que deberán aportar:
- Certificado de finalización del servicio realizado.
- Memoria, debidamente firmada, de las actuaciones realizadas en el proyecto.
- Dos copias compulsadas de la nómina de la trabajadora, correspondiente al mes de diciembre de 2006 y marzo de 2007.
- Dos copias compulsada del TC-1 de los meses de diciembre de 2006; enero, marzo, abril, mayo y junio de 2007.
- Dos copias compulsada del TC-2 de los meses de diciembre de 2006; enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2007.
- Dos copias compulsadas del modelo 190 correspondiente al año 2006 y 2007 o modelo 110 (4º trimestre de 2006, 1er trimestre de 2007).
La citada documentación deberá ser aportada en el plazo máximo de diez (10) días (artº. 76 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, nueva redacción dada por la Ley 4/1999). El transcurso de dicho plazo sin que se haya presentado esta documentación podrá originar el reintegro total o parcial de las cantidades que se hubieran recibido de acuerdo con la normativa vigente.- Santa Cruz de Tenerife, a 28 de octubre de 2008.- Sección de Fomento de Empleo Público, Clara Barroso Barroso."
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de enero de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.
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