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Por el Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura se ha solicitado autorización para ejecutar obras en el dominio público hidráulico y zona de servidumbre del conocido Barranco de La Fuentezuela, afluente al conocido Barranco de Los Corrales, relativas a una pista de acceso de unos 1.600 m de longitud total y un ancho de rodadura de unos 4,00 m, cuya traza parte de la FV-511 y discurre aguas arriba paralela a la margen derecha del cauce afectado, según el sentido corriente de las aguas, de forma que gran parte de la misma invade cauce público en una franja longitudinal de unos 2,00 m de ancho, afectando el resto a la zona de servidumbre, resultando necesario la canalización de unos 500 m del precitado tramo, definidas en el proyecto "Construcción de pista y encauzamiento en Tesejerague", en Tesejerague, término municipal de Tuineje. Expediente 07/08-CCP.
De conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Territorial 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, artículo 34 del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, y el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace público por medio del presente anuncio que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas, puedan presentar sus reclamaciones en el plazo de veinte (20) días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, sito en calle Lucha Canaria, 112, 2ª planta, de Puerto del Rosario, durante el horario de oficina.
Puerto del Rosario, a 30 de octubre de 2008.- El Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas, Manuel Miranda Medina.
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