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Habiéndose intentado notificar a Dña. Nuria Núñez Rodríguez la Resolución de terminación y archivo de fecha 11 de septiembre de 2008, recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 3/08, incoado por falta de pago de cuotas de comunidad respecto a la vivienda protegida de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza, parcela I-10, portal A, 3º, A-12, resultando infructuosa su entrega, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Nuria Núñez Rodríguez la Resolución de fecha 11 de septiembre de 2008, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"La terminación del expediente de desahucio administrativo nº 3/08, seguido a Dña. Nuria Núñez Rodríguez, por falta de pago de cuotas de comunidad, respecto a la vivienda protegida de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza, parcela I-10, portal A, 3º, A-12, de la que es adjudicataria, con el correspondiente archivo de las actuaciones.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de noviembre de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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