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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 31 de octubre de 2008, relativo a la Inserción Evaluación Ambiental Plan Especial Paisaje Protegido de La Geria, Normas de Conservación Monumento Natural de Amagro, Plan Especial Paisaje Protegido de Vallebrón, Normas de Conservación Sitio de Interés Científico de Tufia, Normas de Conservación Monumento Natural del Roque Nublo, Plan Rector de Uso y Gestión Parque Natural de Los Volcanes, Plan Rector de Uso y Gestión Parque Rural de Doramas, Plan Rector de Uso y Gestión Parque Rural del Nublo, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 2008.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 31 de octubre de 2008 en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- En aplicación del artículo 92.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por analogía con el criterio aplicado por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en su sesión de 30 de julio de 2008, en cuanto a la no aplicación de la caducidad en los expedientes de aprobación de los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos por afectar éstos al interés general se acuerda insertar el Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica en el procedimiento para la aprobación del Plan Especial Paisaje Protegido de La Geria, Normas de Conservación Monumento Natural de Amagro, Plan Especial Paisaje Protegido de Vallebrón, Normas de Conservación Sitio de Interés Científico de Tufia, Normas de Conservación Monumento Natural del Roque Nublo, PRUG Parque Natural de Los Volcanes, PRUG Parque Rural de Doramas y PRUG Parque Rural del Nublo, atendiendo al estado de tramitación del propio expediente, sin necesidad de retrotraer las actuaciones, debiendo aprobarse la Memoria Ambiental, si procede, con carácter previo a la aprobación definitiva del expediente en virtud de lo preceptuado en la Disposición Transitoria 2ª, apartado 4 del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, modificado por el Decreto 30/2007, de 5 de febrero.
Segundo.- El presente Acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.
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