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BOC Nº 209. Viernes 17 de Octubre de 2008 - 1567

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1567 - Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 3 de octubre de 2008, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio suscrito el 20 de noviembre de 2006 entre el Consejo General del Poder Judicial y el Fondo de Garantía Salarial en materia de intercambio de información con los Juzgados y Tribunales.

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Firmada con fecha 8 de julio de 2008 la Adenda al Convenio suscrito el 20 de noviembre de 2006 entre el Consejo General del Poder Judicial y el Fondo de Garantía Salarial en materia de intercambio de información con los Juzgados y Tribunales,

Registrada dicha Adenda en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

Considerando lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Publicar la Adenda al Convenio suscrito el 20 de noviembre de 2006 entre el Consejo General del Poder Judicial y el Fondo de Garantía Salarial en materia de intercambio de información con los Juzgados y Tribunales que figuran como anexo esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de 2008.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Dolores Alonso Álamo.

A N E X O

ADENDA AL CONVENIO SUSCRITO EL 20 DE NOVIEMBRE DE 2006 ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CON LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES.

En Madrid, a ocho de julio de dos mil ocho.

REUNIDOS

El Excmo. Sr. D. Carlos Ríos Izquierdo, Vocal del Consejo General del Poder Judicial, en nombre y representación del citado Organismo.

El Excmo. Sr. D. José Miguel Ruano León, Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias.

El Sr. D. Juan Pedro Serrano Arroyo, Secretario General del Fondo de Garantía Salarial, actuando en nombre del referido Organismo.

Todas las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose la capacidad legal necesaria para formalizar la presente Adenda,

EXPONEN

Primero.- Que el Consejo General del Poder Judicial y el Fondo de Garantía Salarial suscribieron, con fecha 20 de noviembre de 2006, un Convenio para la cesión de datos del Fondo de Garantía Salarial a Juzgados y Tribunales, por un lado, y la comunicación telemática entre Juzgados y Tribunales y el Fondo de Garantía Salarial, por otro.

Segundo.- Que la cláusula octava acordaba la creación de un Grupo de Trabajo (Comisión de Dirección y Seguimiento) compuesto por magistrados de las jurisdicciones sociales y mercantiles, letrados y representantes del Fondo de Garantía Salarial, así como representantes del propio Consejo General del Poder Judicial, con el objetivo de ejecutar un proyecto piloto de intercambio de información en un ámbito reducido (una o varias provincias, que utilicen uno de los sistemas de gestión procesal que haya superado el Test de Compatibilidad definido por el CGPJ).

Tercero.- Como resultado de la línea de colaboración existente entre el Consejo General del Poder Judicial y la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, se ha acordado establecer el despliegue del sistema telemático de intercambio de información entre los órganos judiciales de Canarias y el Fondo de Garantía Salarial, por lo que se hace necesario ampliar el Convenio firmado, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Constituye el objeto de la presente Adenda el despliegue del sistema telemático de intercambio de información entre los órganos judiciales de Canarias y el Fondo de Garantía Salarial, concretamente en el ámbito de los juzgados de lo social y mercantil. Dicho despliegue empezará con una experiencia piloto a determinar en el seno de la Comisión de Coordinación y Seguimiento establecida en la cláusula duodécima del Convenio.

Segunda.- El sistema informático que gestione el intercambio de información deberá desarrollarse con arreglo a las siguientes características:

- Tanto el órgano judicial, a través del sistema de gestión procesal de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias (Atlante), como la Unidad del FOGASA enviarán y recepcionarán toda la información por medio de sus Web services, conectadas entre ellas por el punto neutro judicial.

- Se recepcionarán los ficheros que sean objeto de intercambio con un acuse de recibo de la entrega.

- El órgano remitente podrá acceder a la plataforma de intercambio para recoger los acuses de recibo que indiquen que el destinatario ya ha accedido a la información enviada.

- La información intercambiada y los acuses generados se almacenarán temporal o permanentemente para permitir su incorporación a los procesos de gestión.

- Se contará con un módulo de auditoría para la consulta y seguimiento de todas las actuaciones, sus fechas, intervinientes y firmas.

La ejecución del proyecto, centrado inicialmente en la implantación del sistema telemático en una sede judicial determinada, se limitará al intercambio de un reducido número de documentos, que serán definidos en la Comisión a que se refiere la cláusula siguiente.

Tercera.- La Comisión de Coordinación y Seguimiento a que se refiere la cláusula duodécima del Convenio estará integrada, además de por los miembros del Consejo General del Poder Judicial y del Fondo de Garantía Salarial en ella establecidos, por dos representantes del Gobierno de Canarias.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente documento, por triplicado, en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.- El Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, José Miguel Ruano León.- El Vocal del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Ríos Izquierdo.- El Secretario General del Fondo de Garantía Salarial, Juan Pedro Serrano Arroyo.

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