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De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en relación con los artículos 50 y 87.2 del Decreto 55/2006 por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, se hace público el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de abril de 2008.
"9º.- Estudio de Detalle del Centro Geriátrico Especializado del Plan Especial Subsector Montaña La Estrella promovido por la entidad H.R.I. Ibalartean, S.L.: Aprobación definitiva.
La Dirección General de Urbanismo por resolución de fecha 1 de julio de 1999 (B.O.C. nº 105, de 6.8.99) se hace público el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 30 de junio de 1999 de aprobación definitiva del Plan Especial Montaña La Estrella con toma de conocimiento de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de San Miguel en el subsector Montaña La Estrella por Orden de 16 de abril de 1999.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 14 de julio de 2003, acordó aprobar el cambio de sistema de compensación por el de concierto del Plan Especial Montaña La Estrella Subsector Montaña La Estrella cuyo único propietario es la entidad H.R.I. Ibalartean, S.L.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada con fecha 30 de octubre de 2003, acordó aprobar definitivamente el Convenio Urbanístico de Gestión Concertada junto con las bases de actuación y el Proyecto de Equidistribución para el desarrollo de la Unidad de Ejecución del Plan Especial Montaña La Estrella formalizado el día 13 de noviembre de 2003.
La Comisión de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el día 15 de enero de 2004 aprobó el Proyecto de Urbanización denominado "Centro Geriátrico Especializado" Montaña La Estrella redactado por el Estudio Luengo, S.L. (visado el 15.2.02 nº 055957) y Urbeing, S.L.
Con fecha 15 de junio de 2007 y Registro de Entrada nº 7.405 D. Hugo Ise en nombre y representación en calidad de Administrador Único de la entidad mercantil Ibalartean, S.L. con C.I.F. B-38468427 presenta escrito adjuntando el "Estudio de Detalle del Centro Geriátrico Especializado Plan Especial Subsector Montaña La Estrella" redactado por Zoom Arquitectos, S.L. visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias con fecha 21 de junio de 2007 nº 075959.
Por el Arquitecto Técnico Municipal con fecha 6 de agosto de 2007 se informa favorablemente el Estudio de Detalle en cuanto al cumplimiento de los parámetros urbanísticos como sigue:
1.- El Estudio de Detalle tiene por objeto el reajuste de las alineaciones y rasantes y ordenar los volúmenes en suelo urbano de acuerdo con las determinaciones del Planeamiento del Plan Especial Montaña La Estrella dado que se modifican viales de carácter privado interiores de parcela realizando un reajuste de las parcelas interiores, reordenando sus volúmenes y edificabilidad, todo ello en el ámbito exclusivo de las mismas aplicando coeficientes diferenciados a cada una de ellas sin que en ningún caso se aumente la edificabilidad correspondiente a la suma de ambas de acuerdo con lo especificado en el Plan Parcial ni se modifican en modo alguno los viales y zonas verdes públicas.
2.- La modificación consiste esencialmente en la disminución de viales privados a los efectos de conseguir una disminución del tráfico interno en la instalación para reducir ruidos y molestias innecesarios. En cuanto a la modificación del parcelario se resume de la siguiente forma:
- La Manzana 1 Zonas Verdes y Viales Públicos no sufren modificación alguna.
- La Manzana 2 absorbe a la antigua Manzana 3.
- La Manzana 3 es la que anteriormente se denominaba Manzana 6.
- La Manzana 4 se ubica en el mismo lugar pero ve aumentada su superficie.
- La Manzana 5 absorbe a la Manzana 7.
- Las Manzanas 6 y 7 desaparecen.
3.- El Estudio de Detalle cuenta con la siguiente documentación:
- Memoria que contiene la justificación del reparto de la edificabilidad en las dos subparcelas.
- Planos de ordenación del planeamiento vigente.
- Plano de ordenación de parcelación propuesto.
4.- Asimismo se adjuntan cuadros superficiales y de aprovechamiento en justificación de los parámetros máximos del planeamiento sin aumento de los mismos.
Por ello a la vista de la morfología de la propuesta y cuadros dimensionales y de aprovechamiento aportados se estima que cumple con los parámetros urbanísticos que figuran en el Plan Especial aprobado por lo que se informa favorable en cuanto al cumplimiento de los parámetros urbanísticos de aplicación. No obstante dado que el Convenio de Gestión aprobado recoge todas y cada una de las parcelas que conforman el plan especial con sus características dimensionales y linderos se estima procedente la modificación del convenio urbanístico de gestión concertada.
Consta en el expediente informe emitido por Secretaría General de fecha 30 de octubre de 2007 relativo a la legislación aplicable y el procedimiento para la aprobación del Estudio de Detalle incidiendo en el órgano competente para la aprobación inicial y definitiva así como sobre el carácter no sustancial de la modificación operada vía instrumento complementario de ordenación al Plan Parcial vigente el día de la fecha.
Por Decreto de la Alcaldía nº 1.963, de fecha 13 de diciembre de 2007, se aprobó inicialmente el "Estudio de Detalle del Centro Geriátrico Especializado del Plan Especial Subsector Montaña La Estrella" promovido por la entidad mercantil H.R.I. Ibalartean, S.L. redactado por Zoom Arquitectos, S.L. visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el día 21 de junio de 2007 nº 075959 que tiene por objeto según se desprende del informe emitido por la Oficina Técnica Municipal de fecha 6 de agosto de 2007 el reajuste de las alineaciones y rasantes y ordenar los volúmenes en suelo urbano de acuerdo con las determinaciones del Planeamiento del Plan Especial Montaña La Estrella dado que se modifican viales de carácter privado interiores de parcela realizando un reajuste de las parcelas interiores, reordenando sus volúmenes y edificabilidad, todo ello en el ámbito exclusivo de las mismas aplicando coeficientes diferenciados a cada una de ellas sin que en ningún caso se aumente la edificabilidad correspondiente a la suma de ambas de acuerdo con lo especificado en el plan parcial ni se modifican en modo alguno los viales y zonas verdes públicas a los efectos de conseguir una disminución del tráfico interno en la instalación para reducir ruidos y molestias innecesarios y por tanto siendo considerada en aplicación del apartado sexto de la Disposición Transitoria Segunda del TRLOTC una modificación no sustancial del modelo territorial previsto vía instrumento complementario de ordenación al plan parcial vigente el día de la fecha.
Asimismo se acordó someter el expediente a información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, un Diario de los de mayor difusión y tablón de edictos del Ayuntamiento por plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo previsto en el Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias a efectos de que los interesados pudieran examinarlo y presentar las reclamaciones oportunas.
En el periódico Diario de Avisos de fecha 15 de enero de 2008 aparece publicado anuncio a efectos de información pública así como en el Boletín Oficial de la Provincia nº 36, de fecha 20 de febrero, no constando la presentación de reclamación alguna durante el plazo de exposición al público.
Dada cuenta de la propuesta del Sr. Concejal de Urbanismo de fecha 11 de abril de 2008.
Emitido dictamen favorable por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente, Turismo, Industria, Comercio, Informática, Transportes y Agencia de Empleo y Desarrollo Local en reunión celebrada el día 14 de abril que obra en el expediente.
El Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle del Centro Geriátrico Especializado del Plan Especial Subsector Montaña La Estrella promovido por la entidad mercantil H.R.I. Ibalartean, S.L. redactado por Zoom Arquitectos, S.L. visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el día 21 de junio de 2007 nº 075959 que tiene por objeto según se desprende del informe emitido por la Oficina Técnica Municipal de fecha 6 de agosto de 2007 el reajuste de las alineaciones y rasantes y ordenar los volúmenes en suelo urbano de acuerdo con las determinaciones del Planeamiento del Plan Especial Montaña La Estrella siendo considerada en aplicación del apartado sexto de la Disposición Transitoria Segunda del TRLOTC una modificación no sustancial del modelo territorial previsto vía instrumento complementario de ordenación al plan parcial vigente el día de la fecha y toda vez que no se han presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 36, de fecha 20 de febrero de 2008, y en el periódico Diario de Avisos de 15 de enero.
Segundo.- Remitir una copia debidamente diligenciada del documento aprobado definitivamente a la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de ordenación del territorio con carácter previo a su publicación.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la entidad H.R.I. Ibalartean, S.L."
San Miguel de Abona, a 22 de mayo de 2008.- El Alcalde, Valentín Esteban González Évora.
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