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Vista la Resolución mencionada en el enunciado y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 15 de octubre se publicó en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 1 de octubre de 2007 del Presidente del Servicio Canario de Empleo (SCE), por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de asesoramiento y proyectos de acciones de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007).
Segundo.- Por Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo, de 21 de noviembre de 2007, se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la precitada convocatoria mediante Resolución del Presidente de 21 de octubre de 2007 (B.O.C. nº 243, de 5.12.07).
Tercero.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes por las entidades peticionarias, y previa subsanación de los defectos formales de las mismas, en cumplimiento del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero), se procedió a efectuar la valoración técnica de las solicitudes presentadas.
Cuarto.- Efectuada la valoración y determinado del importe de la subvención, la Subdirección de Formación del Servicio Canario de Empleo, como órgano instructor, formula Propuesta de Resolución provisional del expediente, con el listado global de las entidades cuyos proyectos han sido aprobados, denegados y excluidos, con expresión de la puntuación total obtenida por cada una de los proyectos, en orden de prelación, así como la propuesta de asignación económica, en función del crédito disponible, sometiéndose la misma al preceptivo trámite de audiencia por término de cinco días, comprendidos entre los días 7 y 13 de diciembre, ambos inclusive.
Transcurrido dicho plazo, habiéndose efectuado alegaciones por las entidades peticionarias, así como, la presentación de la reformulación de los proyectos, en su caso, la Subdirección de Formación procedió al examen de las citadas alegaciones.
Examinadas las alegaciones presentadas, la Subdirección de Formación eleva Propuesta de Resolución definitiva al Director del Servicio Canario de Empleo, para la resolución del expediente.
Quinto.- Con fecha 26 de diciembre de 2007 se remite la Propuesta de Resolución a la Intervención Delegada.
Sexto.- Con fecha 28 de diciembre de 2007 se dicta Orden del Consejero de Economía y Hacienda "por la que se amplía el plazo de remisión al órgano competente de la Intervención General de la documentación justificativa de las subvenciones de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, correspondientes al Servicio Canario de Empleo, relacionadas en el anexo". En el mencionado anexo se enumera una serie de expedientes de subvenciones respecto de las que se amplía el plazo de remisión a Intervención hasta el 30 de abril de 2008, lo que determina que buena parte de las entidades propuestas para la concesión de subvención, podrían ser beneficiarias.
Séptimo.- El retraso en el procedimiento de concesión de las presentes subvenciones, en modo alguno imputable a los beneficiarios de las mismas, hace necesario que con carácter previo a que se dicte la resolución de concesión se modifique la Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo por la que se establecieron las bases y se aprobó la presente convocatoria, ya que determinados plazos, son en la fecha actual, de imposible cumplimiento.
Octavo.- Existe crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2008 en la Aplicación Presupuestaria 2008.15.01.322H.480.00, Línea de Actuación 234B1902 "Acciones para la mejora empleabilidad personas desempleadas" y se prevé la existencia de crédito adecuado y suficiente mediante las modificaciones presupuestarias oportunas en las Aplicaciones Presupuestarias 2008.15.01.322H.480.00, Línea de Actuación 234B2002 "Acciones para la mejora de la empleabilidad de las mujeres" y 2008.15.01.322M.480.00, Línea de Actuación 23406902 "Modernización de las organizaciones públicas y privadas que favorezcan la creación y estabilidad en el empleo".
Son de aplicación a los citados hechos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Director del SCE es competente para dictar la presente Resolución, por delegación, en virtud de lo dispuesto en el apartado cuarto de la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de asesoramiento y proyectos de acciones de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007) (B.O.C. nº 205, de 15.10.07), que establece "Se faculta a la Dirección del Servicio Canario de Empleo para dictar instrucciones y adoptar cuantas medidas sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Resolución."
Segundo.- El apartado primero.- "Objeto" de la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, dispone que "La presente Resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones por el Servicio Canario de Empleo para la realización de Proyectos de Acciones de Asesoramiento, de los trabajadores canarios 2007, en el marco actual del sistema de cualificaciones profesionales, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo 2007-2013, cuyas bases figuran en el anexo I a esta Resolución".
"Convocar la concesión de subvenciones para la realización de Proyectos de Acciones de Orientación y Acciones de Inserción de los trabajadores canarios 2007, en el marco actual del sistema de las cualificaciones profesionales, cofinanciado con el Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo 2000-2006, cuyas bases se insertan el anexo II a la presente Resolución".
Tercero.- El apartado segundo de la base segunda del anexo I "Bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a proyectos de acciones de asesoramiento 2007" dispone que "el plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Asesoramiento será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de abril de 2008". Asimismo, el apartado segundo de la base segunda del anexo II "Bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a proyectos de acciones de orientación e inserción 2007" preceptúa que "el plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de abril de 2008".
Cuarto.- Establece el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que "1. Las Administraciones públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho.
Igualmente, deberán respetar en su actuación los principios de buena fe y de confianza legítima.
2. Las Administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos."
Quinto.- Establece el artículo 2 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, que "El Servicio Canario de Empleo tiene como finalidad fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de los trabajadores desempleados y ocupados, atendiendo con carácter prioritario a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades para su inserción laboral É"
A la vista de lo expuesto, es evidente que la Resolución de concesión no ha podido formalizarse con anterioridad a 31 de diciembre de 2007. Siendo ello así, es necesario señalar que las circunstancias que han impedido que tal Resolución no haya sido efectiva en la fecha señalada en las bases de la convocatoria no son en modo alguno imputables a los solicitantes; por otra parte, existen evidentes razones de interés público que hacen necesario que se dicte la Resolución de concesión a fin de que los proyectos a que la misma se refiere puedan financiarse en el plazo más breve posible por cuanto se ha generado una expectativa social ya que esos proyectos van dirigidos fundamentalmente a personas activas desempleadas que no cuentan con una acreditación reconocida de su cualificación profesional, quienes podrán conseguir una formación adecuada a sus peculiaridades para impulsar sus competencias profesionales, que no pueden adquirir por otras vías, y que les permitirá su inserción laboral.
En relación con el colectivo beneficiario de la convocatoria a que nos referimos, ha de señalarse que en este caso, de manera especial, cobra relevancia el principio de la eficiencia sobre el del formalismo en la actuación de la Administración pública -sin menoscabo, como es obvio, de la estricta observancia al ordenamiento jurídico en vigor-, rigiéndose tal actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos, resultando más gravoso para los intereses públicos y, en primer lugar, para los intereses de los ciudadanos beneficiarios por las actuaciones que se han de desarrollar en el marco de las subvenciones a que se refiere la Resolución, acometer la tramitación de una nueva convocatoria que modificar la vigente en el sentido de que los proyectos a que se refiere la misma se puedan financiar durante la anualidad de 2008.
A mayor abundamiento, es necesario señalar la importancia que tiene para la Comunidad Autónoma de Canarias la resolución de la presente convocatoria a los efectos de la posible certificación de gastos cofinanciados por el FSE y, por tanto, la previsible garantía de la financiación de dicho fondo estructural a las acciones subvencionadas en el marco de los Programas Operativos de Canarias 2000-2006 y FSE 2007-2013.
De conformidad con lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar la Resolución de 1 de octubre de 2007, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de acciones de asesoramiento y proyectos de acciones de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007 cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007).
1. Se modifica el apartado segundo de la Resolución "Financiación", de manera que donde dice "1. Los proyectos de acciones se financiarán con cargo a los créditos consignados en el Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para 2007, con la siguiente distribución:
Las Acciones de Asesoramiento se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 23.01.322H.480.00 Línea de Actuación 234B1902, "Acciones para la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas" por un importe de seiscientos mil (600.000) euros, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013, Eje 2, medida 2.2, categoría 66.
Las Acciones de Orientación con cargo a las Aplicaciones Presupuestarias 23.01.322H.480.00, línea de actuación 234B2002 "Acciones para la mejora empleabilidad de las mujeres", por un importe de un millón cuatrocientos mil (1.400.000,00) euros. La actividad está cofinanciada por el Fondo Social Europeo en un 80%, con cargo al Programa Operativo 2000.ES.16.1PO.005 dentro del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 "Ayuda permanente para el Objetivo 1, con cargo al Eje 45 medida 16.
Las Acciones de Inserción con cargo a la partida presupuestaria 23.01.322M.480.00 y Línea de Actuación 23406902 "Modernización de las Organizaciones Públicas y Privadas que favorezcan la creación y estabilidad del empleo", por un importe de ochocientos mil (800.000,00) euros, siendo cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 80%, con cargo al Programa Operativo 2000. ES.16.1PO.005, con cargo al Eje 43 medida 4, dentro del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 "Ayuda permanente para el Objetivo 1".
2. A esta financiación se añadirá la que pudiera resultar de la incorporación de remanentes que se generen, las modificaciones presupuestarias que en su caso se realicen de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artº . 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (B.O.E. nº 176, de 25.7.06).
Debe decir: "1. Los proyectos de acciones se financiarán con cargo a los créditos consignados en el Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para 2008, previa modificaciones presupuestarias pertinentes, con la siguiente distribución:
Las Acciones de Asesoramiento se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 15.01.322H.480.00 Línea de Actuación 234B1902, "Acciones para la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas" por un importe de seiscientos mil (600.000) euros, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013, Eje 2, medida 2.2, categoría 66.
Las Acciones de Orientación con cargo a las Aplicaciones Presupuestarias 15.01.322H.480.00, línea de actuación 234B2002 "Acciones para la mejora empleabilidad de las mujeres", por un importe de un millón cuatrocientos mil (1.400.000,00) euros. La actividad está cofinanciada por el Fondo Social Europeo en un 80%, con cargo al Programa Operativo 2000.ES.16.1PO.005 dentro del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 "Ayuda permanente para el Objetivo 1, con cargo al Eje 45 medida 16".
Las Acciones de Inserción con cargo a la partida presupuestaria 15.01.322M.480.00 y Línea de Actuación 23406902 "Modernización de las Organizaciones Públicas y Privadas que favorezcan la creación y estabilidad del empleo", por un importe de ochocientos mil (800.000,00) euros, siendo cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 80%, con cargo al Programa Operativo 2000. ES.16.1PO.005, con cargo al Eje 43 medida 4, dentro del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 "Ayuda permanente para el Objetivo 1".
2. A esta financiación se añadirá la que pudiera resultar de la incorporación de remanentes que se generen, las modificaciones presupuestarias que en su caso se realicen de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artº . 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (B.O.E. nº 176, de 25.7.06)."
Segundo.- Modificar el anexo I "Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones Públicas a Proyectos de Asesoramiento 2007" de la Resolución de 1 de julio de 2007, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de acciones de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007) (B.O.C. nº 205, de 15.10.07), en el siguiente sentido:
1. Se modifica el apartado segundo de la base segunda del anexo I de la Resolución, de manera que donde dice "2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Asesoramiento será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de abril de 2008".
Debe decir "2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Asesoramiento será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de junio de 2008".
2. Se modifica el apartado tercero de la base decimotercera del anexo I de la Resolución, de manera que donde dice "3. El plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria será de tres meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, transcurrido el cual las solicitudes podrán entenderse desestimadas y, en todo caso, teniendo como fecha límite el 31 de diciembre de 2007".
Debe decir: "3. El plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria será hasta el 30 de abril de 2008, transcurrido el cual las solicitudes podrán entenderse desestimadas".
3. Se modifica el apartado Estampillado del anexo E-I de la Resolución, de manera que donde dice "La presente factura por importe de ............................... euros, de la cual se imputa la cantidad de ........................... euros, sirve como justificante a la subvención concedida a ..................................... C.I.F. ............................... Por importe total de ..................................................... euros, con cargo a la partida presupuestaria 23.01.322H.480, Línea de Actuación 234B1902 "Acciones para la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas"É"
Debe decir "La presente factura por importe de .................................. euros, de la cual se imputa la cantidad de ............................. euros, sirve como justificante a la subvención concedida a ................................. C.I.F. ................................. Por importe total de ....................................... euros, con cargo a la partida presupuestaria 15.01.322H.480, Línea de Actuación 234B1902 "Acciones para la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas"É"
Tercero.- Modificar el anexo II "Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones Públicas a Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción 2007" de la Resolución de 1 de julio de 2007, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de acciones de orientación y de inserción de los trabajadores canarios en el marco del actual sistema de las cualificaciones profesionales para 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Proyectos Asorin 2007) (B.O.C. nº 205, de 15.10.07), en el siguiente sentido:
1. Se modifica el apartado segundo de la base segunda del anexo II de la Resolución, de manera que donde dice "2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de abril de 2008".
Debe decir: "2. El plazo de realización de los Proyectos de Acciones de Orientación e Inserción será el comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de junio de 2008".
2. Se modifica el apartado tercero de la base decimotercera del anexo II de la Resolución de manera que donde dice: "3. El plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria será de tres meses contados a partir del día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, transcurrido el cual las solicitudes podrán entenderse desestimadas y, en todo caso, teniendo como fecha límite el 31 de diciembre de 2007."
Debe decir: "3. El plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria será hasta el 30 de abril de 2008, transcurrido el cual las solicitudes podrán entenderse desestimadas".
3.- Se modifica el apartado Estampillado del anexo E-II de la Resolución, de manera que donde dice "La presente factura por importe de .................................. euros, de la cual se imputa la cantidad de ......................... euros, sirve como justificante a la subvención concedida a ....................................................................... C.I.F. ....................................... Por importe total de ..................................... euros, con cargo a la partida presupuestaria 23.01.322H.480, Línea de Actuación 234B2002 "Acciones para la mejora de la empleabilidad de las mujeresÉ"
"La presente factura por importe de .............................. euros, de la cual se imputa la cantidad de .......................... euros, sirve como justificante a la subvención concedida a ............................................................................... C.I.F. .................................... Por importe total de .................................. euros, con cargo a la partida presupuestaria 23.01.322H.480, Línea de Actuación 23406902 "Modernización de las Organizaciones Públicas y Privadas que favorezcan la creación y estabilidad en el empleo É"
Debe decir: "La presente factura por importe de ................................... euros, de la cual se imputa la cantidad de .............................. euros, sirve como justificante a la subvención concedida a ............................... C.I.F. .................... Por importe total de .............................. euros, con cargo a la partida presupuestaria 15.01.322H.480, Línea de Actuación 234B2002 "Acciones para la mejora de la empleabilidad de las mujeresÉ"
"La presente factura por importe de .............................. euros, de la cual se imputa la cantidad de ....................... euros, sirve como justificante a la subvención concedida a .................................. C.I.F. ........................ Por importe total de ............................. euros, con cargo a la partida presupuestaria 15.01.322H.480, Línea de Actuación 23406902 "Modernización de las Organizaciones Públicas y Privadas que favorezcan la creación y estabilidad en el empleoÉ"
Cuarto.- Publicar esta Resolución, con la indicación de que contra la misma, al poner fin a la vía administrativa, ya que se entiende dictada por el Presidente del SCE, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la Provincia de Las Palmas, o bien a criterio del interesado, interponer en vía administrativa, recurso de reposición potestativo ante el Presidente del SCE, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99).
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de marzo de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.
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