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BOC Nº 015. Martes 22 de Enero de 2008 - 95

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

95 - Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 26 de diciembre de 2007, de la Presidenta, por la que se delega en el Director del citado Organismo la competencia para el otorgamiento de las ayudas previstas en Real Decreto 1.472/2007, de 2 de noviembre, que regula la renta básica de emancipación de los jóvenes.

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El Real Decreto 1.472/2007, de 2 de noviembre, que regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, contempla un conjunto de ayudas dirigidas a facilitar, a los jóvenes, el acceso a una vivienda en régimen de alquiler estableciendo asimismo, las condiciones y requisitos que han de reunir los solicitantes para resultar beneficiarios de las mismas.

Correspondiendo el otorgamiento de las citadas ayudas a esta Presidencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 del citado Real Decreto, en relación con lo dispuesto en el artículo 6.1.j) del Decreto 2/2004, de 27 de enero, por el que se aprueban las Normas Provisionales de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de la Vivienda, razones de eficacia y celeridad aconsejan, sin embargo, que tal competencia sea delegada en el Director de este Organismo.

Debiéndose entender subsumida en esta delegación todas las facultades que conforme a la normativa que rige en materia de ayudas y subvenciones resultan inherentes al ejercicio de la competencia que se delega.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 54 de la Ley 1/1983, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director del Instituto Canario de la Vivienda la competencia para el otorgamiento de las ayudas previstas en el Real Decreto 1.472/2007, de 2 de noviembre, que regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, así como todas las facultades que conforme a la normativa que rige en materia de ayudas y subvenciones resultan inherentes al ejercicio de tal competencia.

Segundo.- Las resoluciones administrativas que se adopten en uso de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.

Tercero.- La presente resolución de delegación de competencia surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de diciembre de 2007.- La Presidenta, Inés Nieves Rojas de León.

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