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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria.
JUICIO: ordinario 0001880/2005.
PARTE DEMANDANTE: Letidiana Construcciones, S.L.
PARTE DEMANDADA: D./Dña. Grucanca S.L., Francisco Manuel Méndez Borges y Juan Gutiérrez Suárez.
SOBRE: recl. cantidad-200 millones de pesetas.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de Las Palmas, a 22 de enero de dos mil siete.
Vistos por mí, Sra. Dña. Rebeca Castrillo Santamaría, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de los de esta ciudad de Las Palmas y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio ordinario 1880/2006 de reclamación de cantidad, seguidos de una parte, como demandante la entidad Letidiana Construcciones, S.L., representada por la Sra. Procuradora Dña. Petra Ramos Pérez y bajo la dirección legal del Letrado D. Jorge Peñate Cuerda, de otra, como demandados la entidad Grucanca, S.L., D. Francisco Manuel Méndez Borges y D. Juan Alberto Gutiérrez Suárez, en situación de rebeldía procesal y atendidos los siguientes
FALLO
Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Sra. Procuradora Dña. Petra Ramos Pérez, en nombre y representación de la entidad. Debo condenar y condeno a la entidad Grucanca, S.L., D. Francisco Manuel Méndez Borges y D. Juan Alberto Gutiérrez Suárez a abonar a la actora la cantidad de diecinueve mil ciento diez euros con noventa y tres céntimos (19.110,93 euros) así como los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda con expresa condena en costas a los demandados.
Contra esta Sentencia se podrá imponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se practique la notificación de las partes.
Por esta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 7 de junio de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a Grucanca, S.L. y Juan Alberto Gutiérrez Suárez.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de junio de 2007.- El/la Secretario Judicial.
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