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Visto el acuerdo adoptado por el Gobierno de Canarias en sesión celebrada el 9 de octubre de 2007, por el que se autoriza a la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad a elevar al Gobierno una modificación conjunta de las relaciones de puestos de trabajo de los distintos Departamentos, y teniendo en cuenta los antecedentes de hecho y las consideraciones jurídicas siguientes.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Decreto 221/1998, de 1 de diciembre, fue aprobado el Plan de Empleo Operativo sobre medidas coyunturales específicas para la racionalización y optimización de los recursos humanos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 154, de 9 de diciembre).
Segundo.- Conforme a lo previsto en dicho Plan de Empleo, por Orden de 22 de septiembre de 2000, fueron aprobadas las bases y se convocó concurso de méritos, para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior de Administradores, Escalas de Administradores Generales y de Administradores Financieros y Tributarios; Grupo B, Cuerpo de Gestión de la Administración, Escalas de Gestión General y de Gestión Financiera y Tributaria; Grupo C, Cuerpo Administrativo y Grupo D, Cuerpo Auxiliar de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 129, de 27 de septiembre).
Tercero.- Mediante sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se anuló la base del citado concurso de méritos que permitía a los funcionarios del Cuerpo Auxiliar ser adjudicatarios de puestos de trabajo clasificados en el nivel 20.
Cuarto.- Actualmente existen puestos de trabajo clasificados en nivel 20 con adscripción a los grupos C/D.
Quinto.- El Plan de Empleo Operativo no está culminado, pues para ello se requiere la previa ejecución de las sentencias recaídas sobre el concurso de méritos.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Tal y como se ha señalado en el quinto de los antecedentes de hecho, la culminación del Plan de Empleo Operativo requiere de la previa ejecución de las sentencias recaídas. Por ello, siendo inminente la ejecución de las mismas, se precisa, de cara a la convocatoria del tercer concurso de méritos previsto en dicho Plan, la adecuación de determinados puestos de trabajo a los pronunciamientos judiciales a que se refiere el antecedente de hecho tercero, así como las restantes actuaciones que se indican en el acuerdo adoptado por el Gobierno de Canarias el 9 de octubre de 2007.
Segunda.- Tal adecuación se ha de efectuar modificando la relación de puestos de trabajo de esta Consejería. A tal efecto se ha de tener en cuenta que corresponde a este Departamento iniciar el procedimiento de modificación de su relación de puestos de trabajo, tal y como establece el artículo 16.bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
El ejercicio de tal competencia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puede ser delegado en otro órgano de la misma Administración, debiendo seguirse en su caso las prescripciones contenidas en dicho precepto.
Tercero.- La ejecución del acuerdo adoptado por el Gobierno de Canarias el 9 de octubre de 2007, requiere que se delegue en la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad el ejercicio de la competencia para iniciar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo de esta Consejería, al objeto de que la misma forme parte de un solo proyecto de Decreto.
En consecuencia,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad el ejercicio de la competencia atribuida a este Departamento por el artículo 16.bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, para iniciar el procedimiento de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en los términos señalados en el acuerdo adoptado por el Gobierno de Canarias en su sesión de 9 de octubre de 2007.
Segundo.- Que se publique esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2007.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,
Pilar Merino Troncoso.
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