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Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife y su partido.
HACE SABER: que en este juzgado a mi cargo se ha dictada sentencia, en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 2006.
La Ilma. Sra. Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magristrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Ocho de Santa Cruz de Tenerife y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 1160/2005, promovidos por Dña. Emiliana Reyes Brito Guadarrama, representada por la procuradora Dña. María Concepción Santana Padrón, y bajo la dirección de la letrada Dña. Luz Nidia Padilla Castilla, y siendo demandado D. Benito Caballero Pavón, en rebeldía en el procedimiento.
FALLO
Que estimando en parte la demanda interpuesta por la procuradora Dña. María Concepción Santana Padrón, en nombre y representación de Dña. Emiliana de los Reyes Brito Guadarrama, contra D. Benito Caballero Pavón, en rebeldía en el procedimiento, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges, quedando disuelta la sociedad legal de gananciales.
Sin haber lugar en esta resolución a establecer la obligación del demandado de contribuir a los alimentos de su hija mayor de edad Dña. Ana Alicia Caballero Brito.
No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirve de notificación al demandado D. Benito Caballero Pavón, declarado en rebeldía procesal y con paradero desconocido, expido y libro el presente, en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de noviembre de 2006.- La Secretaria Judicial.
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