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Por la Sra. Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Dña. Pilar Rodríguez Ávila, ha sido adoptada en fecha 22 de noviembre de 2006, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
Intentadas las notificaciones, sin que las mismas se hayan podido practicar a los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la oportuna incoación de los expedientes, como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 562/2004, de 20 de febrero, en la Consejera de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la Propuesta de Resolución de la Jefa de Sección de Transportes y Comunicaciones en funciones, Dña. Ermelinda Velázquez Linares, de fecha 22 de noviembre de 2006, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan los cargos que se especifican en relación a los expedientes instruidos por este Cabildo por infracción a la legislación de transporte por carretera, advirtiéndoles de que disponen de un plazo de quince días hábiles para comparecer en el mismo y manifestar lo que a su derecho convenga, aportando o proponiendo pruebas de que en su caso, intente valerse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Reglamento que desarrolla la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre).
Si decidiera hacer efectiva la sanción antes de que transcurrieran quince días desde la presente notificación, la cuantía pecuniaria propuesta se reducirá en un 25%, según lo dispuesto en el artículo 146.3 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. El pago deberá realizarse mediante ingreso en la cuenta corriente del Banco Santander 0049/0584/50/2610727041, haciendo constar expresamente el número de expediente que corresponda y presentando copia justificativa del mismo en el Área de Transportes del Cabildo Insular de Fuerteventura, personalmente o por correo.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1. EXPTE.: GC/200157/O/2006; TITULAR: Ávila Martín, Andrés; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: V-2401-DM; FECHA DE LA DENUNCIA: 1 de febrero de 2006, 11,30,00; INFRACCIÓN: artº. 142.8 LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 201,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.b) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte privado en vehículo ligero, careciendo de autorización, siempre que la misma se hubiese solicitado, acreditando el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su otorgamiento; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
2. EXPTE.: GC/200214/O/2006; TITULAR: Cerveceros Majoreros, S. Cooperativa; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-9389-BF; FECHA DE LA DENUNCIA: 14 de febrero de 2006, 9,20,00; INFRACCIÓN: artº. 140.1.9 LOTT, artículos 47 y 90 LOTT, artículos 41 y 109 ROTT; CUANTÍA: 4.601,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.i) LOTT; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo pesado, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
3. EXPTE.: GC/200319/O/2006; TITULAR: Buset Pulido, Clara María; POBLACIÓN: Antigua; MATRÍCULA: 6781-DNM; FECHA DE LA DENUNCIA: 2 de marzo de 2006, 11,30,00; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.9 LOTT, artículos 47 y 90 LOTT, artículos 41 y 109 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.f) LOTT; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
4. EXPTE.: GC/200353/O/2006; TITULAR: Rapidobra Siglo XXI, S.L.; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-4024-CC; FECHA DE LA DENUNCIA: 9 de marzo de 2006, 13,05,00; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con la LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.c) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte privado en vehículo ligero, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
5. EXPTE.: GC/200377/O/2006; TITULAR: Novapez, S.L.; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: 4962-CKW; FECHA DE LA DENUNCIA: 24 de marzo de 2006, 9,50,00; INFRACCIÓN: artº. 142.9 LOTT, artº. 119 ROTT; CUANTÍA: 201,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.b) LOTT; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo del vehículo la autorización de transporte vigente; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
Puerto del Rosario, a 22 de noviembre de 2006.- La Secretaria Accidental, Lucía de León Hernández.- Vº.Bº.: el Presidente, p.d., la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Pilar Rodríguez Ávila.
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