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Habiéndose detectado error material en la Resolución de 25 de octubre de 2006, de la Dirección General de Recursos Humanos (B.O.C. nº 221, de 14.11.06), por la que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria y visto lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 25/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio y en virtud de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Corregir el error material detectado en la base séptima de dicha Resolución en los siguientes términos:
Donde dice:
"... El personal designado tendrá derecho a percibir las siguientes indemnizaciones por asistencia:
- Colaboradores administrativos: 1/2 asistencia de la correspondiente al Presidente o Secretario del Tribunal.
- Colaboradores materiales: 1/2 asistencia de la correspondiente a un Vocal del Tribunal."
Debe decir:
"... El personal designado tendrá derecho a percibir las indemnizaciones que por razón del servicio le correspondan."
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2006.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.
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