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BOC Nº 187. Lunes 25 de Septiembre de 2006 - 3511

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

3511 - ANUNCIO de 7 de septiembre de 2006, relativo a notificación de la Resolución de 10 de marzo de 2006, recaída en el expediente AC47/06 de calificación.

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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Ludópata World Games, S.L., por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Comercio y Empleo se ha dictado Resolución de fecha 10 de marzo de 2006, recaída en el expediente AC47/06 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Ludópata World Games, S.L.U. para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:

- Al superar la densidad de ocupación del local las 50 plazas se deberá disponer como mínimo de un aseo adaptado en las condiciones previstas en la Norma E.2.2.3 del anexo 2 del Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.

- Medidas correctoras a adoptar para mantener el aislamiento acústico del local al preverse que la ventilación del mismo se realice por puertas y/o ventanas. Asimismo, se ha de indicar el aislamiento acústico de los diferentes paramentos verticales y horizontales del local, y la previsión de los niveles de ruidos que se emitirán tanto en el interior, estimándose como mínimo 79 dBA, como en el exterior del local, así como al patio vecinal.

- Cálculo del aforo de la actividad, aplicando en las distintas zonas y usos (zona de bar, de juegos recreativos, etc.), la ocupación que corresponda, en aplicación del artículo 6.Cálculo de la ocupación de la NBE-CPI-96.

- En función del aforo calculado en el apartado anterior determinación del número y disposición de salidas, en aplicación del artículo 7.2 número y disposición de salidas de la NBE-CPI-96.

Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2006.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.

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