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El Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias, haciendo uso de la potestad autoorganizativa que ostenta la Institución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, y siendo competente para ello, según lo establecido en el artículo 42.d) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas de Canarias, acordó modificar la relación de puestos de trabajo de la Institución, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de la Función Pública Canaria.
En su virtud, en uso de las facultades que me asisten, a tenor de los artículos 32 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, y 44 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas de Canarias,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Hacer pública la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Audiencia de Cuentas de Canarias en los siguientes términos:
- Anexo I: puestos modificados.
- Anexo II: reasignación de códigos (números de los puestos de trabajo).
- Anexo III: relación completa de los puestos de trabajo.
- Siglas utilizadas.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo de la Audiencia de Cuentas de Canarias entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
El Hierro, a 21 de julio de 2006.- El Presidente, Rafael Medina Jáber.
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