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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 4 de agosto de 2006, relativo al Plan Parcial "Sur Geneto-5", término municipal de San Cristóbal de La Laguna, cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de agosto de 2006.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 4 de agosto de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Declarar la inviabilidad de la obligación de elaborar y aprobar la Evaluación Ambiental a la que se refiere el artículo 7 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente respecto a la aprobación del Plan Parcial "Sur Geneto-5", término municipal de San Cristóbal de La Laguna, de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley, bajo condición suspensiva de incorporación de la documentación relativa a los contenidos y efectos ambientales correspondientes.
Segundo.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y al Cabildo Insular de Tenerife y supeditar la publicación al cumplimiento de la condición señalada, previo informe favorable de la Jefatura de Servicio de Ordenación Urbanística Occidental.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede en Las Palmas), contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo.
Todo ello conforme a los artículos 107.3, párrafo 1º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 248 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, a "sensu contrario".
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.s., el Jefe de Servicio Administrativo Occidental, Eduardo Ángel Risueño Díaz.
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