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Vista la solicitud de adjudicación de una nueva concesión administrativa que permita la explotación del embarcadero para embarcaciones deportivas en Playa del Cable, término municipal de Arrecife (Lanzarote), registrada el 9 de febrero de 2006, por D. Santiago Eugenio Tabares Pérez en nombre y representación de la entidad Inversiones Montaña Mina, S.L. con C.I.F. B-35.496.488.
Visto el artículo 61 de la Ley 14/2003, de 8 de abril, que permite al titular de una concesión, una vez que hubieran transcurrido las dos terceras partes del plazo de la concesión, solicitar la adjudicación de una nueva, sin necesidad de aportar fianza provisional, con el fin de prolongar la explotación del puerto deportivo más allá del plazo concesional.
Visto que Inversiones Montaña Mina, S.L. es la actual concesionaria del embarcadero en Playa del Cable.
Visto que el otorgamiento de la concesión es de 12 de junio de 1976 y, por tanto, se cumple con el requisito del plazo legal para la solicitud.
Vista la propuesta de incoación del expediente formulada por el Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación, de 22 de mayo de 2006.
R E S U E L V O:
Incoar expediente de otorgamiento de concesión administrativa para la explotación del embarcadero para embarcaciones deportivas en Playa del Cable, término municipal de Arrecife (Lanzarote) y ordenar la publicación de la anterior solicitud en el Boletín Oficial de Canarias, abriéndose un plazo de tres meses para que puedan presentarse otras solicitudes por personas interesadas en la gestión.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2006.
EL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTES Y VIVIENDA,
Antonio Ángel Castro Cordobez.
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