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A efectos de continuar el trámite del expediente de pensión no contributiva iniciado a su nombre en esta Dirección General de Servicios Sociales, deberá aportar en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la recepción de esta notificación, los documentos y/o datos señalados en hoja adjunta.
De no aportar esta documentación, en el plazo anteriormente citado, se originará la paralización del expediente, y transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones practicadas previa resolución, de conformidad con lo establecido en el artº. 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de mayo de 2006.- El Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración, Jesús M. Coello Gil.
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