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Por la Sra. Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, Dña. Pilar Rodríguez Ávila, ha sido adoptada en fecha 27 de abril de 2006, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
Intentadas las notificaciones, sin que las mismas se hayan podido practicar a los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la oportuna incoación de los expedientes, como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por el Decreto 562/2004, de 20 de febrero, en la Consejera de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la Propuesta de Resolución de la Jefa de Sección de Transportes y Comunicaciones en funciones, Dña. Ermelinda Velázquez Linares, de fecha 27 de abril de 2006, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan los cargos que se especifican en relación a los expedientes instruidos por este Cabildo por infracción a la legislación de transporte por carretera, advirtiéndoles de que disponen de un plazo de quince días hábiles para comparecer en el mismo y manifestar lo que a su derecho convenga, aportando o proponiendo pruebas de que en su caso, intenten valerse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Reglamento que desarrolla la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre).
Si decidiera hacer efectiva la sanción antes de que transcurrieran quince días desde la presente notificación, la cuantía pecuniaria propuesta se reducirá en un 25%, según lo dispuesto en el artículo 146.3 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. El pago deberá realizarse mediante ingreso en la cuenta corriente del Banco Santander 0049/0584/50/2610727041, haciendo constar expresamente el número de expediente que corresponda y presentando copia justificativa del mismo en el Área de Transportes del Cabildo Insular de Fuerteventura, personalmente o por correo.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) EXPTE.: GC/200670/O/2005; TITULAR: Lanzarote Espectáculos, S.L.; POBLACIÓN: Tías; MATRÍCULA: 2444-BXC; INFRACCIÓN: artº. 141.13 LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 1.001,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.e) LOTT; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de viajeros, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
2) EXPTE.: GC/200820/O/2005; TITULAR: Martín Hernández, Antonio; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-2870-AG; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con la LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.c) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte privado en vehículo ligero, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
3) EXPTE.: GC/200870/O/2005; TITULAR: Regalos Siete M., S.L.; POBLACIÓN: Arucas; MATRÍCULA: GC-8007-BU; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.6 LOTT, artº. 102 LOTT, artº. 157 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.f) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario para vehículos ligeros que no cumplen alguna de las condiciones del artº. 102.2 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (16/1987, de 30 de julio); INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
4) EXPTE.: GC/200883/I/2005; TITULAR: Hostel Mobel, S.L.; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-4197-CJ; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.6 LOTT, artº. 102 LOTT, artº. 157 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.f) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario para vehículos ligeros que no cumplen alguna de las condiciones del artº. 102.2 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (16/1987, de 30 de julio); INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
5) EXPTE.: GC/200985/I/2005; TITULAR: Reparcolanz, S.L.; POBLACIÓN: San Bartolomé; MATRÍCULA: GC-4632-BS; INFRACCIÓN: artº. 142.25, en relación con el artº. 141.13 LOTT, artículos 47, 103 y 104.2 LOTT, artículos 41, 158 y 45 ROTT; CUANTÍA: 400,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.c) LOTT; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado en vehículo ligero careciendo de autorización por no haber realizado su visado reglamentario; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
6) EXPTE.: GC/201048/O/2005; TITULAR: Construcciones Lopecor, S.L.; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-5643-AT; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con la LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.c) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte privado en vehículo ligero, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
7) EXPTE.: GC/201052/O/2005; TITULAR: Delval Internacional, S.A.; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-3527-CF; INFRACCIÓN: artículos 142.25 y 141.13, en relación con la LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT; CUANTÍA: 400,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.c) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte privado en vehículo ligero, careciendo de autorización; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
8) EXPTE.: GC/201460/I/2005; TITULAR: Novapez, S.L.; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-5918-AY; INFRACCIÓN: artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.6 LOTT, artº. 102 LOTT, artº. 157 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.f) LOTT; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario para vehículos ligeros que no cumplen alguna de las condiciones del artº. 102.2 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (16/1987, de 30 de julio); INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
Puerto del Rosario, a 27 de abril de 2006.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- Vº.Bº.: el Presidente, p.d., la Consejera Delegada de Transportes y Comunicaciones, María Pilar Rodríguez Ávila.
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