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D./Dña. Blanca Grand Delgado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2005.
Vistos por la Sra. Dña. Blanca Grand Delgado, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el nº 655/03 a instancia de la entidad Puerto Rico, S.A., representada por la Procuradora Dña. Amalia Roca Puga y asistida por el Letrado D. Luis Francisco Roca Martínez, contra D. George Arthur Poulston, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad; y atendiendo a los siguientes.
Vistos, por el Ilmo. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, bajo el nº 0000655/2003, seguidos a instancia de D./Dña. Puerto Rico, S.A., representado por el Procurador D./Dña. Amalia L. Roca Puga, y dirigido por el Letrado D./Dña. Luis Francisco Roca Martínez, contra D./Dña. George Arthur Poulston, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.
FALLO: que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Amalia Roca Puga, en el nombre y representación que ostenta, debo condenar y condeno a D. George Arthur Poulston a pagar a la entidad Puerto Rico, S.A. la cantidad de siete mil cuatrocientos noventa y tres euros con noventa y un céntimos (7.493,91 euros), más el interés legal de esta cantidad desde el día 21 de abril de 2003, así como al pago de las costas causadas, declarando la afección de la embarcación "María Alinta" al pago de dichas cantidades.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación, que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el término de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada que fue la anterior sentencia en el día de su fecha, estando la Sra. Magistrada-Juez que la suscribe celebrando audiencia pública. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de julio de 2005.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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