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Visto el expediente tramitado por la Dirección General de la Función Pública para dar cumplimiento, en sus propios términos, a la Sentencia nº 94/2004 de fecha 6 de mayo de 2004, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Dos, en el recurso nº 33/2004, promovido por D. Manuel Ángel Hernández García, contra la Orden de fecha 25 de noviembre de 2003, de la Consejería de Presidencia y Justicia, que lo integró en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), especialidad Medicina Asistencial (MMA) de Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes y consideraciones jurídicas:
I. ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- D. Manuel Ángel Hernández García fue integrado mediante Orden de fecha 25 de noviembre de 2003, de la Consejería de Presidencia y Justicia en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), especialidad Medicina Asistencial (MMA).
Segundo.- Contra la citada Orden, el mencionado funcionario interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado nº Dos de Santa Cruz de Tenerife, en el que recayó sentencia estimatoria nº 94/2004 de fecha 6 de mayo de 2004, cuyo fallo concluye:
"... reconociendo el derecho del recurrente a ser integrado en la especialidad Medicina de Administración Sanitaria (MAS) ..."
Tercero.- La Administración interpuso recurso de apelación, en el que recayó la sentencia de 17 de enero de 2005 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda de Santa Cruz de Tenerife, desestimando el citado recurso.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El apartado tercero de la Orden de 13 de junio de 1989 (B.O.C. de 23.6.89), que regula el procedimiento a seguir para la integración de funcionarios en los Cuerpos y Escalas de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuye al Titular de la actual Consejería de Presidencia y Justicia la competencia en materia de integraciones en Cuerpos y Escalas.
Segunda.- De conformidad con los artículos 118 de la Constitución y 17, apartado 2º de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a la Consejería de Presidencia y Justicia le corresponde la obligación de ejecutar la resolución judicial y la de llevarla a su puro y debido efecto, practicando lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.
En su virtud, en cumplimiento de la Sentencia de fecha 6 de mayo de 2004, del Juzgado nº Dos de Santa Cruz de Tenerife,
R E S U E L V O:
1º) Cumplir en sus propios términos la referida Sentencia, anular la Orden de fecha 25 de noviembre de 2003 de la Consejería de Presidencia y Justicia que integró a D. Manuel Ángel Hernández García en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), especialidad Medicina Asistencial (MMA) de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2º) Declarar integrado a D. Manuel Ángel Hernández García número de registro de personal 41976258QAFA223 en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios (Grupo A), especialidad Medicina de Administración Sanitaria (MAS) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
3º) Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que tenga lugar la publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de abril de 2005.
LA CONSEJERA DE
PRESIDENCIA Y JUSTICIA,
Mª Australia Navarro de Paz.
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