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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria.
JUICIO: verbal LEC. 2000 0000053/2003.
PARTE DEMANDANTE:D./Dña. Agustín González Casassa.
PARTE DEMANDADA:D./Dña. Manuel Reyes García.
SOBRE: desahucio.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. Jorge Cantero Brosa, actuando en nombre y representación de D. Agustín González Casassa, quien actúa en su calidad de apoderado de Dña. Guillermina González Robaina, contra D. Manuel Reyes García, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la vivienda sita en la calle Olof Palme, 45, 9º G, ático, de Las Palmas de Gran Canaria, debiendo el demandado dejarla libre, expedita y a la entera disposición de la parte actora, previniéndole que si no lo verifica podría ser lanzada de la misma a su costa, condenándola al mismo tiempo al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.
Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá anunciarse por escrito presentado ante este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, tramitándose conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo competente para su resolución la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas. De conformidad con el artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, no se admitirá el recurso de apelación, si al prepararlo, la demandada no acredita por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que deban pagarse por adelantado.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 14 de marzo de 2005 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de marzo de 2005.- El/la Secretario Judicial.
DILIGENCIA.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de marzo de 2005.
La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Doy fe.
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