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BOC Nº 250. Lunes 27 de Diciembre de 2004 - 4357

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

4357 - EDICTO de 8 de noviembre de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000463/2003.

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En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

D./Dña. Carlos Javier Garzón Inigo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los presentes autos de juicio ordinario siendo parte actora Cobega, S.A. y como parte demandada Viva Pizza, S.L., D. Carlos Ebana Usar, D. Michael Sambola Henríquez, Dña. Jeannette Josefina Expósito Santana y D. Claudio Tanda.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 2004.

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por el Procurador D.Alejandro Valido Farray en nombre y representación de Cobega, S.A. debo absolver a los codemandados Viva Pizza, S.L., D. Carlos Ebana Usar, D. Michael Sambola Henríquez, Dña. Jeannette Josefina Expósito Santana y D. Claudio Tanda de todos los pedimentos contenidos en la demanda, todo ello con imposición al actor de las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, a los codemandados rebeldes por edictos a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de conformidad con lo prevenido en el artículo 497 de la LEC.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 2004.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Viva Pizza, S.L., D. Carlos Ebana Usar, D. Michael Sambola Henríquez, Dña. Jeannette Josefina Expósito Santana y D. Claudio Tanda, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de noviembre de 2004.- El/la Secretario.

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