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BOC Nº 240. Lunes 13 de Diciembre de 2004 - 4169

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

4169 - Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 4 de noviembre de 2004, por el que se notifica la Resolución de 16 de septiembre de 2004, que acuerda la iniciación del expediente sancionador nº 49/2004 contra D. Javier Ojeda González, de ignorado domicilio.

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No habiéndose podido practicar, por ignorado domicilio del interesado, la notificación de la referida Resolución de 16 de septiembre de 2004 a D. Javier Ojeda González, se procede -de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999- a la publicación de la citada Propuesta de Resolución a través del Boletín Oficial de Canarias, cuyo tenor literal es el siguiente:

DENUNCIADO: Javier Ojeda González.

AYUNTAMIENTO: Santa Lucía de Tirajana.

ASUNTO: expediente sancionador de infracción pesquera nº 49/2004.

Resolución de la Viceconsejería de Pesca de fecha 16 de septiembre de 2004 por la que se acuerda la iniciación del expediente sancionador nº 49/2004.

La Viceconsejería de Pesca de la Comunidad Autónoma Canaria ha tenido conocimiento de la denuncia interpuesta por la Policía Local del Ayuntamiento de Pájara, concretamente por el Agente distinguido con el número P-309, con motivo de haberse observado la comisión de hechos presuntamente constitutivos de infracción administrativa en materia de pesca, en base a los siguientes

HECHOS

Primero.- Que según la referida denuncia, el pasado día 2 de junio de 2003, a las 17,30 horas, el denunciante comprobó cómo los denunciados practicaban pesca submarina en zona no permitida; incautándoseles posteriormente el material utilizado (2 fusiles pesca submarina) y la captura obtenida (7 peces).

Segundo.- Que los hechos denunciados tuvieron lugar en la zona costera del "Puertito de la Cruz" (Pájara-Fuerteventura).

Tercero.- Que los denunciados son D. Javier Ojeda González (78.478. 436-K) y otro.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I) El artículo 70.3.h) de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias (B.O.C. nº 77, de 23 de abril), establece, como infracción grave, el ejercicio de la pesca o marisqueo recreativos en zonas protegidas o vedadas.

II) El artículo 3.1 del Decreto 121/1998, de 6 de agosto, por el que se regula la pesca marítima de recreo en las aguas interiores del Archipiélago Canario (B.O.C. nº 106, de 21 de agosto), establece que la pesca submarina se practicará desde la salida hasta la puesta de sol en las zonas acotadas que se establezcan por la Consejería competente en materia de pesca.

III) Mediante la Orden de 30 de octubre de 1986 (B.O.C. nº 136, de 12 de noviembre) se establecen las zonas acotadas del Archipiélago Canario donde se permite la práctica de la pesca deportiva submarina.

IV) En base a lo establecido en el artículo 76 de la mencionada Ley 17/2003, de 10 de abril, se hace constar que la infracción presuntamente cometida, podrá ser sancionada con multa de 301 a 60.000 euros.

V) Es competencia de esta Viceconsejería de Pesca la incoación y resolución del presente expediente a tenor de lo establecido en el artículo 12 del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 29 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Y vistas las disposiciones aplicables,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la iniciación del expediente sancionador nº 49/04 contra D. Javier Ojeda González, por presunta infracción establecida en el artículo 70.3.h) de la Ley 17/2003, de 10 de abril, en relación con el artículo 3.1 del Decreto 121/1998, de 6 de agosto; y con la Orden de 30 de octubre de 1986.

Segundo.- Nombrar Instructora del expediente a Dña. María Dolores Ojeda Guerra, Jefa de Sección de Investigación y Ordenación, haciendo debida indicación; en cuanto al régimen de recusación, al artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre).

Publíquese esta propuesta al denunciado, indicándole que dispone de un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de noviembre de 2004.- El Viceconsejero de Pesca, Gonzalo Angulo González.

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