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El Sr. Presidente Accidental del Cabildo de Lanzarote
HACE SABER: que, con fecha 16 de junio de 2004, la Presidencia de esta Corporación ha adoptado la Resolución nº 2315/04, por la que se procede a la apertura del trámite de audiencia del expediente de incoación de declaración de Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, a favor de las Salinas de Las Caletas, situadas en el núcleo poblacional de Las Caletas, término municipal de Teguise, Lanzarote, desconociéndose y en consecuencia ignorándose el lugar de notificación a las personas interesadas, en virtud del artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Reforma de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de la citada Resolución nº 2315/04.
Resolución nº 2315/04
Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de las Salinas de Las Caletas, situadas en el núcleo poblacional de Las Caletas, en el término municipal de Teguise, Lanzarote.
Resultando.- Que, con fecha 29 de octubre de 2002, esta Presidencia dicta la Resolución nº 3062/02, mediante la que se incoa el expediente de referencia, abriéndose un período de información pública por un plazo de treinta días, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 166, de 16 de diciembre de 2002.
Resultando.- Que, una vez recabado el informe preceptivo al que hace referencia el artículo 21.1 de la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, a diferentes órganos consultivos reconocidos como tal en dicha Ley, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria emite con fecha 2 de abril de 2003, informe favorable. Asimismo, con fecha 13 de agosto de 2003, el Museo Canario, emite informe favorable a tal incoación.
Resultando.- Que, con fecha 14 de marzo de 2003, se solicitó al Ayuntamiento de Teguise la relación de propietarios afectados por el expediente de incoación, sin que esa Corporación haya remitido listado de personas afectadas por el entorno de protección.
Resultando.- Que, con fecha 14 de marzo de 2003 se procedió por parte de este Cabildo a publicar en el Boletín Oficial de Canarias nº 67, de fecha 7 de abril de 2003, el texto íntegro de la Resolución nº 3062/02, de 29 de octubre, de incoación, al desconocer la identidad y domicilio de las personas interesadas. A su vez, publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Teguise con fecha 14 de marzo de 2003, por un plazo de diez días.
Considerando.- Que, la instrucción de los expedientes incoados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, se ajustará a lo establecido en esta Ley, siendo de aplicación las normas generales de procedimiento administrativo; en todo caso, la tramitación incluirá la audiencia a los interesados conforme establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por lo expuesto, y en virtud de las competencias de incoación y tramitación de expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural, que otorga este Cabildo Insular la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, y el artículo 34, apartado 1º, letra L, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 9/1999, de 11 de abril,
R E S U E L V O:
Abrir el trámite de audiencia en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de las Salinas de Las Caletas, situadas en el núcleo poblacional de Las Caletas, en el término municipal de Teguise, Lanzarote, a fin de poner de manifiesto a los interesados, y/o en su caso a los representantes de dicho expediente, los cuales podrá alegar y presentar durante un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, a cuyo efecto el expediente puede ser examinado en el Servicio de Patrimonio Histórico de este Cabildo, sito en la calle León y Castillo, 6, de Arrecife de Lanzarote, de lunes a viernes, de 9,00 a 13,00 horas.
Todo lo cual comunico a los efectos oportunos.
Arrecife, a 16 de junio de 2004.- El Presidente Accidental, Mario Pérez Hernández.
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