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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95) y modificado por el Decreto 138/2000, de 10 de julio (B.O.C. nº 108, 17.8.00); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:
DENOMINACIÓN: Consultorías de Formación, Tecnológicas, Servicios Empresariales y Marketing, Asocanconsulting.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle Maracaibo, 30, bajo dcha., Barrio El Coromoto, 38206-San Cristóbal de La Laguna.
ÁMBITO PROFESIONAL: las personas físicas, con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación. Los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad. Las personas jurídicas.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: Dña. Áurea Rosa Baena Machito, Dña. Dácil Lorenzo Expósito, D. José Carlos Garbote Martín, D. Santiago M. León Luis y Dña. M. Sandra Correa Marrero.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de junio de 2004.- El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.
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