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D. Juan José Calvo Serraller, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2003.
Vistos por el/la Sr./a. D./Dña. Juan José Calvo Serraller, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000 0000968/2003 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Manuel Santana Rodríguez, representado por la Procuradora Dña. Edith Martell Ortega y asistido por el Letrado D./Dña. César Manuel Díez Rodríguez y de otra, como demandada D./Dña. Norberta Miranda Rosario, en situación procesal de rebeldía versando el juicio sobre desahucio por falta de pago de renta.
FALLO:
Que estimando la demanda interpuesta por D. Manuel Santana Rodríguez representado por la Procuradora Sra. Martell Ortega contra Dña. Norberta Miranda Rosario en situación de rebeldía, debo acordar y acuerdo:
1º) Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento relativo a la vivienda sita en la calle La Naval, 34, 2º izqda., de Las Palmas de Gran Canaria, dando lugar al desahucio y condenando a la parte demandada Dña. Norberta Miranda Rosario al desalojo de esa vivienda con apercibimiento si no lo verifica en plazo legal.
2º) Las costas procesales se imponen a la demandada Dña. Norberta Miranda Rosario.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación que se preparará en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial en el plazo de 5 días conforme a la Ley 1/2000.
Y para que sirva de notificación al demandado Norberta Miranda Rosario expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de febrero de 2004.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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