Estás en:
Vista la Orden de 4 de agosto de 2003, por la que se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos convocados por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 8 de abril de 2002, de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros (B.O.C. nº 161, de 21.8.03).
Visto el escrito presentado en esta Dirección General de Personal, de fecha de entrada el 9 de septiembre de 2003, por D. José Luis Yánez Rodríguez, con número de D.N.I. 43.646.999, funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, donde solicita la renuncia a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Vista la Resolución de 15 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, por la que se acepta la renuncia de D. José Luis Yánez Rodríguez y se resuelve su continuidad en el Cuerpo de Maestros.
Visto lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes
R E S U E L V E:
Modificar en el siguiente sentido la Orden de 4 de agosto de 2003, por la que se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos convocados por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 8 de abril de 2002, de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros:
"Excluir de la mencionada Orden, en el anexo I, por la especialidad de Geografía e Historia, a D. José Luis Yánez Rodríguez, con D.N.I. nº 43646999Z, por renuncia expresa del interesado a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria."
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2003.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES, p.d.
(Orden de 6.9.00),
el Viceconsejero de Educación,
Fernando Hernández Guarch.
© Gobierno de Canarias