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BOC Nº 073. Martes 15 de Abril de 2003 - 636

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

636 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 4 de abril de 2003, por la que se convocan cursos de Lenguas Extranjeras en países de la Unión Europea, a celebrar en el verano de 2003, dirigidos a maestros y maestras de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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El Pacto Social por la Educación en Canarias tiene entre sus objetivos generales definir objetivos concretos de calidad del sistema educativo canario, que se concretan en una serie de proyectos, programas, acciones y propuestas. Entre ellos está el Proyecto "Hablar otra lengua", cuya finalidad es que todos los alumnos y alumnas tengan un dominio del Inglés que les permita participar activamente en una conversación en esa lengua a nivel coloquial al terminar la etapa obligatoria; que la mayoría de los estudiantes acaben su educación secundaria iniciados en una segunda lengua -Francés o Alemán-, además de extender entre la población adulta el aprendizaje de alguna lengua extranjera.

La consecución de estos objetivos, cuya piedra angular se encuentra en los primeros años de aprendizaje, lleva aparejada un esfuerzo por parte del profesorado, en cuanto a la actualización en su formación lingüística, pedagógica y científica, y de sus destrezas lingüísticas, que se plasma en la práctica y el uso de la correspondiente lengua, en la medida de lo posible, en contextos reales de comunicación de diversa índole.

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa da respuesta a esta necesidad a través de distintas modalidades de formación y perfeccionamiento, que permiten al profesorado de idiomas desempeñar su trabajo en mejores condiciones.

En consecuencia, con la intención de facilitar al profesorado la posibilidad de visitar un país extranjero, para que pueda mejorar o consolidar sus competencias comunicativas en la lengua oficial del país, a la vez que alcanzar una mejor cualificación profesional, y haciendo uso de las competencias que en materia de formación y perfeccionamiento del profesorado tiene atribuidas, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar, para el verano de 2003, tres cursos de formación en Lenguas Extranjeras, dirigidos a maestros y maestras que estén destinados o impartan docencia en centros financiados con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias. El profesorado solicitante de estos cursos deberá poseer, como mínimo, un nivel A2, según la escala que aparece en el anexo I, con el objeto de poder garantizar el aprovechamiento del curso.

Segundo.- La organización de los cursos corresponde, conjuntamente, a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y a la institución responsable del mismo en el país de acogida. La denominación y las características de cada uno se incluyen en anexo II.

Tercero.- El número global de plazas que se ofertan para los tres cursos es de 45 y su distribución por cada curso se indica en el anexo II. El 15% de las plazas se reservará para el profesorado de centros concertados. En caso de no cubrirse, se acumularán al resto de las plazas.

Cuarto.- Tendrá prioridad para participar en el curso el profesorado que no haya disfrutado de beca individual de formación lingüística del programa Sócrates, ni asistido a cursos en el extranjero convocados por esta Dirección General durante los cursos académicos 1999/2000, 2000/2001 y 2001/2002. Entre los solicitantes que reúnan este requisito, se priorizarán las solicitudes según los siguientes criterios, referidos a la lengua extranjera del curso que se solicita: 1º) Estar impartiendo docencia en la generalización del Inglés en Educación Infantil y Primer Ciclo de Primaria o la segunda lengua extranjera en Educación Primaria. 2º) Estar impartiendo la lengua extranjera en el resto de ciclos o etapas. 3º) Estar inscrito, y haber obtenido evaluación favorable hasta la fecha, en alguno de los Cursos de Especialización para Maestros convocados por Resolución de 15 de abril de 2002. En este caso, para poder participar en cualquiera de los cursos, deberá haber terminado con anterioridad el Curso de Especialización con evaluación de apto.

Para acreditar lo que se dispone en los dos primeros criterios se aportará certificación del centro.

Quinto.- La participación en esta convocatoria es incompatible con cualquier ayuda pública que se tenga concedida, o se conceda, para la asistencia a cualquier curso de formación lingüística en el extranjero en el año 2003 y, en concreto, con subvenciones individuales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes o becas individuales de formación del programa Sócrates, según convocatoria que aparece en la Resolución de 3 de diciembre de 2002, de la Viceconsejería de Educación (B.O.C. de 23 de diciembre).

Sexto.- Se establecen las siguientes condiciones para abordar los costes del curso: a) Los gastos de traslado desde el punto de origen al de destino, así como los de regreso, y los de desplazamiento local durante el desarrollo del curso, correrán a cargo de los interesados que hayan sido seleccionados. b) Los gastos del curso en concepto de docencia, manutención y alojamiento serán financiados por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que los abonará directamente a la Institución responsable del curso.

Séptimo.- 1. La presentación de solicitudes y los documentos acreditativos de los requisitos y los méritos que se aleguen, se podrá realizar en las dependencias de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, 4, Residencial Anaga, 38001-Santa Cruz de Tenerife; calle León y Castillo, 57, 4º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria), o en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de presentar la solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser cerrado.

En caso de que se utilice cualquiera de estos dos últimos procedimientos se deberá comunicar el lugar de presentación a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, mediante fax al (922) 473531.

2. El modelo de solicitud se encuentra como anexo III.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución.

4. Sólo podrá solicitarse la participación en uno de los cursos convocados.

Octavo.- 1. La selección de los participantes se llevará a cabo por una Comisión designada al efecto, que estará integrada por dos representantes de los Centros del Profesorado y dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

2. En el caso de que el número de solicitudes supere al de plazas ofertadas, una vez atendidas las prioridades establecidas en el punto cuarto de esta Resolución, la selección se realizará aplicando el baremo de méritos establecido en el anexo IV.

3. A las sesiones de trabajo que programe la Comisión de Selección podrá asistir, debidamente acreditado a tal efecto, un representante por cada una de las organizaciones sindicales que integran la Mesa Sectorial, que podrá adjuntar al Acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones estime oportunas.

4. La Comisión de Selección convocará al profesorado seleccionado para concretar los detalles de organización y recabar la documentación exigida por la Institución responsable del curso en el país de acogida. La asistencia a esta convocatoria será indispensable para participar en el curso; la no asistencia se entenderá como renuncia a participar en el curso solicitado.

5. Para garantizar el óptimo aprovechamiento del curso, la Comisión de Selección podrá comprobar la exactitud del nivel de competencia de la lengua declarado por los aspirantes a través del procedimiento que considere más adecuado.

Noveno.- 1. La relación provisional de admitidos y excluidos, con expresión de las puntuaciones alcanzadas, se hará pública en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y en los Centros del Profesorado, dentro de los doce días siguientes al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Una vez publicada la relación provisional, se podrá presentar reclamación ante la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en el plazo de cinco días naturales. Estudiadas las reclamaciones presentadas, se publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos al curso en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y en los Centros del Profesorado, en un plazo máximo de cinco días.

Décimo.- 1. En todo caso, será indispensable que el profesorado seleccionado presente su aceptación o renuncia por escrito, según modelo que se facilitará al efecto por esta Dirección General en la sesión a la que se hace referencia en el punto octavo.4.

2. En caso de que, una vez presentada la aceptación, algún seleccionado se viese obligado por causa grave a no asistir al curso, deberá comunicarlo de inmediato a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. En caso de no comunicarlo y no asistir al curso, el interesado no podrá participar nuevamente en este tipo de convocatoria durante un período de tres años.

3. Una vez terminado el curso, esta Dirección General expedirá un certificado al profesorado que lo haya superado con evaluación positiva y haya presentado, antes del 30 de septiembre de 2003, una memoria personal escrita en la lengua objeto de estudio del curso, en la que conste una valoración sobre los siguientes aspectos del curso:

a) Desarrollo del curso, desde un punto de vista analítico.

b) Grado de consecución de los objetivos del curso.

c) Intervenciones de los ponentes.

d) Condiciones y equipamiento de las instalaciones en que se imparta el curso.

e) Programa cultural.

f) Condiciones del alojamiento.

g) Propuestas de mejora para futuras convocatorias.

Undécimo.- Todas las memorias presentadas se devolverán de oficio a los interesados. No obstante, quienes deseen la devolución del resto de la documentación, deberán solicitarlo en un plazo de tres meses contados a partir del mes siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, mediante solicitud dirigida a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos fijados y la modificación de algunos aspectos, en caso necesario, para el correcto cumplimiento de los fines que persigue la convocatoria.

Contra la presente Resolución y sus bases, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de abril de 2003.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

Ver anexos - página 5799

N E X O I I

DENOMINACIÓN DE LOS CURSOS, LUGAR DE CELEBRACIÓN, FECHAS, NÚMERO DE PLAZAS, DURACIÓN Y ALOJAMIENTO.

· Linguistic and cultural immersion in English language (Inmersión lingüística y cultural en lengua inglesa).

Lugar de celebración: Applied Language Centre, University College. Dublín (Irlanda).

Fechas: Primer grupo: 14 al 25 de julio de 2003.

Segundo grupo: 28 de julio al 8 de agosto de 2003.

Plazas: 20 (10 en cada grupo).

Duración: 60 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Applied Language Centre, University of Dublin.

· Inmersion linguistique et culturelle en langue française (Inmersión lingüística y cultural en lengua francesa).

Lugar de celebración: Les Chambres de Commerce et dÕIndustrie de Nantes et de St. Nazaire (Francia).

Fechas: 7 al 18 de julio de 2003.

Plazas: 15.

Duración: 60 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por la organización Experiment-Andevi.

· Fortbildung für Deutsch als Fremdsprache für auslŠndische Deutschlehrer (Inmersión lingüística y cultural en lengua alemana).

Lugar de celebración: Goethe-Institut Frankfurt (Alemania).

Fechas: 7 al 18 de julio de 2003.

Plazas: 10.

Duración: 60 horas.

Alojamiento: en familias seleccionadas por el Goethe-Institut de Frankfurt.

OBJETIVOS DE LOS CURSOS

Mejorar las competencias lingüística, pragmática y sociolingüística del profesorado.

Actualizar su dominio del idioma.

CONTENIDOS

Actividades de:

- Comprensión auditiva

- Expresión oral

- Interacción oral

- Comprensión de lectura

- Expresión escrita

- Aspectos sociolingüísticos y socioculturales de la lengua

METODOLOGÍA

La metodología utilizada será interactiva y comunicativa. Se desarrollarán actividades variadas para mejorar la fluidez en la comunicación en la lengua de referencia, tales como simulación, discusión, debates, etc.

Se fomentará el intercambio de experiencias y la reflexión entre el profesorado mediante la participación en grupos de trabajo y en talleres.

En todo caso se priorizará la práctica de las destrezas orales.

EVALUACIÓN

La evaluación se llevará a cabo a lo largo del desarrollo del curso, por el profesorado responsable de su impartición, teniendo en cuenta el trabajo diario de los asistentes y su participación en las diferentes actividades que se desarrollen. Esta Dirección General recibirá informe de todo ello, emitido por la institución responsable de cada curso.

Ver anexos - página 5801

N E X O I V

1. MÉRITOS DOCENTES (cuando no se indique expresamente, se entenderán referidos a la lengua extranjera del curso que se solicita).

1.1. Por cada año de docencia de la lengua extranjera en la Educación Infantil o primer ciclo de la Educación Primaria mediante proyecto de anticipación aprobado por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa: 1 punto.

1.2. Por cada año de docencia de la lengua extranjera en la Educación Primaria: 0,5 puntos (hasta un máximo de 4 puntos).

1.3. Por cada año de docencia en la Educación Infantil, teniendo a su vez la especialidad de Inglés: 0,25 (hasta un máximo de 2 puntos).

Documento acreditativo: certificado expedido al efecto por el/la Secretario/a del centro, que, en el caso de los centros concertados, deberá contar con el visto bueno de la Inspección Educativa.

2. ACTIVIDADES DE FORMACIÓN PERMANENTE, CUYA FECHA DE FINALIZACIÓN SEA POSTERIOR AL 31 DE DICIEMBRE DE 1997.

2.1. Por cada curso académico de participación en Grupos Estables, Grupos de Trabajo, Proyectos de Formación en Centros Docentes, Proyectos de Innovación e Investigación Educativa, relacionados con la lengua del curso que se solicita: 0,25 puntos por curso.

2.2. Por cada curso como coordinador/a de Grupos Estables, Grupos de Trabajo, Proyectos de Formación en Centros Docentes, Proyectos de Innovación e Investigación Educativa, relacionados con la lengua del curso que se solicita: 0,35 puntos por curso.

2.3. Por participación en proyectos europeos cuya lengua de trabajo sea la lengua del curso que se solicita: 0,5 puntos.

2.4. Por dirección, organización, docencia o participación en otras actividades de perfeccionamiento relacionadas con los distintos aspectos de enseñanza y aprendizaje de la lengua del curso que se solicita: hasta un máximo de 4 puntos contabilizados de la siguiente manera:

Convocadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,10 por cada módulo de 10 horas.

Convocadas y organizadas por otras Instituciones: 0,05 por cada módulo de 10 horas.

La puntuación de este apartado se obtendrá sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciándose las fracciones.

Documento acreditativo: fotocopia compulsada del certificado correspondiente.

3. MÉRITOS ACADÉMICOS

3.1. Por titulaciones universitarias distintas de las alegadas para el ingreso en el Cuerpo: 0,25 puntos.

3.2. Por el título de doctor: 0,75 puntos.

3.3. Por titulaciones de postgrado relacionadas con la lengua del curso que se solicita: 0,5 puntos.

3.4. Por tener aprobado el ciclo elemental de la lengua del curso que se solicite en las Escuelas de Idiomas: 0,5 puntos.

3.5. Por tener aprobado el ciclo superior de la lengua del curso que se solicite en las Escuelas de Idiomas: 1 punto.

3.6. Por tener aprobado cualquiera de los ciclos de las Escuelas Oficiales de Idiomas en otra lengua distinta de la del curso que se solicita: 0,25 puntos.

Documento acreditativo: fotocopia compulsada de la titulación o diploma correspondiente.

Los apartados 3.4 y 3.5 serán excluyentes entre sí.

4. PUBLICACIONES, ARTÍCULOS EN REVISTAS ESPECIALIZADAS, INVESTIGACIONES Y OTROS TRABAJOS SOBRE LAS LENGUAS EXTRANJERAS Y SU ENSEÑANZA.

Por cada publicación relacionada con la enseñanza de lenguas extranjeras: 0,25 puntos (hasta un máximo de 1 punto).

Documento acreditativo: ejemplar o fotocopia compulsada (con número de ISBN).

En el caso de persistir empate entre los aspirantes, se atenderá a la mayor antigüedad en el Cuerpo y en el centro, en este orden.

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