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BOC Nº 073. Martes 15 de Abril de 2003 - 635

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

635 - Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 2 de abril de 2003, por la que se fija el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico y técnico.

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Por Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deporte de 28 de enero de 2002 (B.O.C. nº 71, de 31 de mayo) se aprobaron con carácter indefinido las bases que regirán la concesión de subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico y técnico.

La base quinta en sus apartados tercero y cuarto dispone que: el plazo de presentación de solicitudes se fijará por resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación para cada ejercicio presupuestario, el importe asignado y la aplicación presupuestaria.

Una vez iniciado el ejercicio presupuestario de 2003, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre de 1997), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de 28 de enero de 2002,

R E S U E L V O:

Primero.- Fijar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico y técnico que será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- La dotación económica asignada para el año 2003 será de un total de ciento ochenta mil trescientos cuatro euros (180.304) que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 18.07. 422.E. 480.11 P.I./L.A 18420302 "Ayudas y subvenciones a la investigación" cofinanciado con el Fondo Social Europeo (F.S.E.) en una cuota del 80%.

Tercero.- Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que figura en los anexos de la Orden de 28 de enero de 2002 (B.O.C. nº 71, de 31 de mayo), y deberán hacerse preferentemente en los Vicerrectorados de Investigación de las dos Universidades, o en la Dirección General de Universidades e Investigación, en Santa Cruz de Tenerife, Edificio Arco Iris, Plaza de José de Zárate y Penichet, Residencial Anaga; en la Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Cofarca, Avenida 1º de Mayo 11, o de conformidad con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa al ser dictada en virtud de competencias delegadas, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de abril de 2003.- El Director General de Universidades e Investigación, Urbano Medina Hernández.

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