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Por Orden de 23 de mayo de 2002, de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, se convocó la concesión de subvenciones directas a proyectos de creación de nuevas empresas en Canarias, y se aprobaron las bases que regirán la misma en el año 2002.
En la base octava de dicha Orden, se establece tal y como estipula el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que examinada la documentación, de no reunir las solicitudes los requisitos exigidos o no aportarse la documentación preceptiva, se requerirá a los interesados para que, en un plazo de diez (10) días, subsanen y/o completen los documentos y/o datos indicados en la base séptima, llevándose a cabo la notificación a través del Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.).
Mediante Resolución de 10 de julio de 2002(B.O.C. de 19 de julio de 2002), se procede a un primer requerimiento para la subsanación de las citadas solicitudes de subvención.
Mediante Resolución de 22 de julio de 2002 (B.O.C. de 2 de agosto de 2002), se procede a un segundo requerimiento para la subsanación de las citadas solicitudes de subvención.
Cumpliendo con la exigencia legal de dotar al presente procedimiento de mayor celeridad y eficiencia, se ha decidido proceder a tercer requerimiento de aquellos expedientes revisados a 5 de agosto de 2002.
En su virtud, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
R E S U E L V E:
Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el anexo adjunto, para que en el plazo de diez (10) días subsanen, y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo (según la base séptima de la Orden de 23 de mayo de 2002, B.O.C. nº 71, de 31.5.02), si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de sus peticiones, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Segundo.- Se proceda a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.).
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de agosto de 2002.- El Director General de Promoción Económica, p.s., el Secretario General Técnico (Orden nº 1.001, de 22.7.02), Jesús Velayos Morales.
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